Jueves, 21 de Noviembre 2024

Reparto de utilidades 2024: ¿Quiénes recibirán 'un dinero extra'?

Los trabajadores que laboran para una empresa recibe esta prestación a más tardar el 30 de mayo y hasta el 29 de junio quienes trabajen para un patrón

Por: Elsy Angélica Elizondo

Las utilidades netas se determinan restando a los ingresos de la empresa los costos y gastos deducibles .EFE / Archivo

Las utilidades netas se determinan restando a los ingresos de la empresa los costos y gastos deducibles .EFE / Archivo

Se acerca mayo y para muchos es sinónimo de “dinero extra”, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). 

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades? 

El reparto se calcula tomando en cuenta el porcentaje establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT), que es del 10 por ciento de las utilidades netas de la empresa y se distribuye entre los trabajadores en proporción al monto de los salarios y el tiempo trabajado durante el ejercicio fiscal.

Por lo tanto, las utilidades netas se determinan restando a los ingresos de la empresa los costos y gastos deducibles de acuerdo a la legislación fiscal.

Existen algunas excepciones y exclusiones en el cálculo como las empresas de nueva creación, las empresas con pérdidas fiscales y los trabajadores que hayan laborado menos de 60 días en el ejercicio fiscal, entre otros. 

¿Cuándo hacen el reparto de utilidades? 

En el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral, empresa, el reparto de utilidades se entrega a más tardar el 30 de mayo, mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón) recibirán el pago a más tardar el 29 de junio

¿Qué hacer si no recibes utilidades?

En caso de que te toque recibir utilidades y no te llega o se te paga de forma incompleta, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo tienes un plazo de un año para reclamar el pago, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida. 

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