Miércoles, 20 de Noviembre 2024

¿Quién tiene derecho a recibir el reparto de utilidades y cuánto deben pagar?

Al aproximarse la fecha para que las empresas comiencen a depositar las utilidades, estos son algunos datos que debes saber

Por: Judith Montserrat Martínez Orozco

El reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias de la empresa o patrón para el que el trabajador labora. SUN/ARCHIVO

El reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias de la empresa o patrón para el que el trabajador labora. SUN/ARCHIVO

El reparto de utilidades es un derecho que tienen la mayoría de los trabajadores en México y está establecido en la Constitución, así como en la Ley Federal del Trabajo; al aproximarse la fecha para que las empresas comiencen a depositar este pago, estos son algunos datos que debes saber.

LAS FECHAS

En 2023, el pago de utilidades debe realizarse del 1 de abril al 30 de mayo en el caso de las empresas, y para las personas físicas del 1 de mayo al 29 de junio.

SANCIONES A INCUMPLIDOS

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo hace un llamado a las empresas y patrones para cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, ya que de no hacerlo se pueden aplicar multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes.

¿QUÉ ES Y QUIÉNES RECIBEN UTILIDADES?

El reparto de utilidades consiste en recibir una parte de las ganancias de la empresa o patrón para el que el trabajador labora, y se determina, entre otros factores, de acuerdo con el número de horas trabajadas y nivel de ingresos.

La Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determina el porcentaje que se repartirá, el cual es del 10% de las utilidades netas. La utilidad repartible se divide en dos partes iguales: la primera se reparte por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados; la segunda se reparte en proporción al monto de los salarios devengados durante el año.

La Ley Federal del Trabajo establece que este derecho es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, y que tengan más de un año en funcionamiento. No aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales, profesionistas, artesanos, técnicos y otros que presten sus servicios mediante el pago de honorarios.

SABER MÁS
Empresas exentas de pagar las utilidades

  • Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento
  • Las empresas de industria extractiva, de nueva creación
  • Las instituciones de asistencia privada que realicen actos humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
  • Las empresas de capital menor que fije la Secretaría de Trabajo y Previsión Social

JM

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