Las personas morales (empresas) tienen hasta el 30 de mayo de 2022 para cumplir con el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU); las personas físicas (patrónes) tendrán hasta el 29 de junio. El pago de utilidades es un derecho que tienen los trabajadores mexicanos para recibir parte de las ganancias obtenidas por la empresa o patrón para el que laboran; siempre y cuando las personas físicas o morales hayan recibido ganancias anuales superiores a los 300 mil pesos mexicanos. Pero quedan exentas de realizar el pago aquellas empresas que tengan menos de un año de funciones. Según el Servicio de Administración Tributaria (SAT), toda persona que presente un trabajo subordinado a una persona física o moral, mediante el pago de un salario, tiene derecho a participar en las utilidades que se generen en las empresas donde laboran. Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), artículo 127, las personas que no tienen derecho a participar en el reparto de utilidades son: Los directores, administradores y gerentes generales, así como trabajadores eventuales. El PTU corresponde al 10% de las ganancias totales obtenidas de la empresa. De esta cantidad, según el artículo 123 de la LFT: "La utilidad repartible se dividirá en dos partes: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año”.La multa por no cumplir con el pago de utilidades oscilan entre los 50 a 5000 salarios mínimos en vigencia. El cobro de utilidades tiene una vigencia de un año a partir de que se genera dicha obligación. SE