Sábado, 18 de Enero 2025

Pensión IMSS: ¿Los pensionados por viudez reciben aguinaldo?

Las esposas o concubinas de un pensionado que ya falleció tienen derecho a recibir una parte de la pensión, te contamos si el aguinaldo también

Por: Carolina Magaña

La pensión por viudez aplica para esposas de fallecidos cubiertos por los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. ESPECIAL/Pexels y Canva

La pensión por viudez aplica para esposas de fallecidos cubiertos por los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez. ESPECIAL/Pexels y Canva

Las personas que fueron esposas o concubinas de un trabajador pensionado ante el IMSS que ya falleció tienen derecho a recibir una pensión por viudez. Sin embargo, muchas personas se preguntan si en esta modalidad tienen derecho a recibir aguinaldo. Te contamos todos los detalles al respecto.

De acuerdo con información del Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), todos aquellos pensionados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la LSS 73 tienen derecho a recibir un aguinaldo anual. Esta prestación equivale a una mensualidad de la cuantía de la pensión y se paga durante el mes de noviembre.

No obstante, aquellas personas que están pensionadas por viudez NO accederán al beneficio del aguinaldo. Esto también ocurre para las pensiones por incapacidad y por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente.

Esto ocurre debido a que sus pensiones corresponden a modalidades distintas y se manejan de manera diferente. Por este motivo, los pensionados por viudez no serán beneficiarios de esta prestación. 

¿Quiénes pueden tramitar la pensión por viudez del IMSS?

Según el sitio oficial del IMSS, la pensión por viudez se otorga a la esposa del asegurado o pensionado fallecido. En ausencia de ésta, la pensión corresponde a la persona con quien el asegurado haya mantenido una relación de concubinato. Esta pensión aplica para aquellos cubiertos por los seguros de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.

En caso de que no exista cónyuge, podrá recibir la pensión la persona con quien el pensionado haya vivido como si fuera su matrimonio durante los cinco años previos a su fallecimiento, o con quien haya procreado o adoptado hijos.

Es necesario que ambas partes hayan permanecido libres de matrimonio durante el tiempo de concubinato o que hayan formalizado una unión civil. Si al momento de la muerte del asegurado existían varias personas en situación de concubinato, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

Te recomendamos: ¿Se puede cobrar el aguinaldo de un trabajador que ya falleció?

CM 
 

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