Martes, 05 de Noviembre 2024
Economía | Secretaría del Bienestar

Si soy adulto mayor con discapacidad ¿recibo dos pensiones del Bienestar?

¿Se puede tener la pensión del Bienestar para Adultos Mayores y la de discapacidad? Esto es lo que dice la Constitución y el Gobierno de México

Por: El Informador

¿Se puede tener la pensión del Bienestar para Adultos Mayores y la de discapacidad? Esto es lo que dice la Constitución y el Gobierno de México. GOBIERNO DE MÉXICO/ www.gob.mx/ ESPECIAL/ CANVA

¿Se puede tener la pensión del Bienestar para Adultos Mayores y la de discapacidad? Esto es lo que dice la Constitución y el Gobierno de México. GOBIERNO DE MÉXICO/ www.gob.mx/ ESPECIAL/ CANVA

El día de ayer, lunes 4 de noviembre de 2024, dio inicio oficialmente los pagos correspondientes al último bimestre de la Pensión del Bienestar para los Adultos Mayores de la Secretaría del Bienestar. No obstante, son varios los beneficiarios de 65 años o más con discapacidad los que se preguntan si al “cumplir” con los dos aspectos mínimos para acceder al programa social (ser adulto mayor y ser persona con discapacidad) tienen derecho a recibir, por lo tanto, dos pensiones o pagos. 

Si esta también es tu duda, el día de doy te compartimos qué es lo que el Gobierno de México y la Constitución responde al respecto a través de la titular de la secretaría y su titular, Ariadna Montiel. 

Recordemos que recientemente Claudia Sheinbaum oficializó que este programa social será ya constitucional.

¿Los adultos mayores inscritos a la Pensión del Bienestar tienen derecho a dos pagos si son discapacitados? Esto dice el Gobierno de México. ESPECIAL
¿Los adultos mayores inscritos a la Pensión del Bienestar tienen derecho a dos pagos si son discapacitados? Esto dice el Gobierno de México. ESPECIAL

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¿Adultos mayores con discapacidad pueden recibir dos pensión del Bienestar?

Según con lo compartido por la titular de la Secretaría del Bienestar, Ariadna Montiel, el gobierno de México y la Constitución Mexicana, que ya establece la Pensión del Bienestar como “universal” para todos los adultos mayores de 65 años, en el artículo 4º de la Carta Magna se establece también que todas las personas con discapacidad menores de 65 años deben de recibir una pensión diferente a la que los adultos mayores reciben.

De esta manera, las personas con discapacidad tendrán su propia pensión que respecta a su discapacidad durante toda su vida, pero al cumplir los 65 años pasarán a recibir la Pensión del Bienestar para Personas Adultas mayores, por lo cual, la anterior quedará anulada.

Esto quiere decir que las personas adultas mayores con discapacidad no pueden recibir simultáneamente ambas Pensiones del Bienestar, sino que cambiarán de una pensión a otra al momento de llegar a la edad señalada (65 años) para los adultos mayores.

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“Para hacer la diferencia y dejar muy claro que no son dos pensiones para una persona mayor de 65 años que vive con discapacidad, es en el rango de la edad, y evidentemente pues les conviene a ellos en medida que el monto de adulto mayor es un monto superior”, explicó la titular de la secretaría, Ariadna Montiel.

Para que mantengas al tanto de cambios o actualizaciones con la Pensión del Bienestar, continúa siguiendo la información que en EL INFORMADOR traemos para ti, así como en las cuentas oficiales de la Secretaría de Bienestar en X -antes Twitter-, (@apoyosbienestar).

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