Este martes 6 de diciembre, la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley Federal del Trabajo, con relación a las "vacaciones digas", a la que la Cámara de Senadores realizó ajustes para que, en lugar de ser 12 días laborables continuos de asueto, sean 6 continuos y el resto diferidos, previo acuerdo entre el trabajador y el patrón.Con 17 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, se duplicó de 6 a 12 días de descanso en el primer año de trabajo, pero solo 6 serán continuos; los demás deberán ser diferidos entre el trabajador y el patrón. La reforma pasó al Pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y eventual aprobación.Según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), México es el país que más horas trabaja, pero el menos productivo entre los países miembros de la OCDE, reveló la Cámara de Senadores, una de las motivaciones por las que la iniciativa cobró fuerza.En México, según la Ley Federal del Trabajo, los y las trabajadoras mexicanas deben disfrutar de un periodo vacacional pagado. Hasta ahora, sin la nueva reforma, el beneficio es de 6 días de vacaciones, por lo menos.De acuerdo al Gobierno de México:El patrón determina las fechas en las que el trabajador disfrutará de sus vacaciones, dentro de los 6 meses siguientes al cumplir cada año de servicio.Por vacaciones el salario ordinario que corresponde a los días del periodo vacacional disfrutado.Por prima vacacional, el 25% del monto percibido por el periodo de vacaciones.Podrás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.Un año a partir de que estas sean exigibles."Vacaciones dignas" ¿Y ahora qué sigue?Ahora será turno de Pleno de la Cámara de Diputados que tendrán que discutir la reforma y, en su caso, aprobarla, que será una legislación vigente cuando el Presidente Andrés Manuel López Obrador la publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).Es importante recordar que el Presidente López Obrador, al recibir el decreto aprobado por el Congreso de la Unión, puede realizar observaciones o, simplemente, promulgarlo y ordenar su publicación en el DOF, para que se observen y cumplan las disposiciones que contenga la ley.OA