La iniciativa para reducir la jornada laboral en México, de 48 a 48 horas, entre otras modificaciones, ha traído el tema de las condiciones de trabajo en el país de nueva cuenta al foro público, por lo que vale la pena recordar los tres tipos de jornada laboral que existen, según contempla la Ley Federal del Trabajo (LFT).En México, la legislación señala que la jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. Pero esta temporalidad puede estar sujeta a un horario específico que, por su naturaleza, torna con características particulares a la labor.Es así como la jornada diurna es la comprendida entre las 06:00 y las 20:00 horas. La jornada nocturna es la comprendida entre las 20:00 y las 06:00 horas y la jornada mixta es la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media, pues si comprende tres y media o más, se reputará jornada nocturna.La duración máxima de la jornada será:La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó en abril pasado, por mayoría, el dictamen para reformar la fracción IV del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política, en materia de días de descanso laboral.La modificación establece que "por cada cinco días de trabajo deberá disfrutar el operario de dos días de descanso, cuando menos". Con 27 votos a favor y cinco abstenciones se acreditó el dictamen, que fue enviado a la Mesa Directiva para su programación legislativa. Ahora, luego de la reactivación del periodo ordinario de sesiones, se mantiene en análisis entre legisladores y empresarios.El dictamen refiere que el régimen constitucional laboral del descanso semanal tiene más de un siglo sin modificarse.Los datos son contundentes. De los países integrantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), México es el que más horas trabajadas registra al año. Según la OCDE, el promedio anual de horas trabajadas se define como el número total de horas efectivamente trabajadas por año dividido por el promedio de personas empleadas por año. Las horas reales trabajadas incluyen las horas de trabajo regulares de los trabajadores a tiempo completo, a tiempo parcial, las horas extras pagadas y no pagadas, las horas trabajadas en trabajos adicionales; se excluye el tiempo no trabajado debido a días festivos, vacaciones anuales pagadas, enfermedad propia, lesión e incapacidad temporal, baja por maternidad, baja parental, escolaridad o formación, trabajo por motivos técnicos o económicos, huelga o conflicto laboral, mal clima, baja indemnizatoria y otros motivos. * * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *OA