Cuando los padres quieren castigar a sus hijos por no obedecer, suelen quitarles el celular como un método de sanción para el menor.Esto es un ejemplo de lo que podría hacer el fisco con los contribuyentes que no cumplan a tiempo con sus obligaciones fiscales.En vez de quitarles el celular, les va a suspender temporalmente el sello digital, con lo cual no podrán emitir facturas, explica el experto Javier Zepeda.El Certificado de Sello Digital (CSD) es un archivo digital emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que sirve para generar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), ya que la Fiel o firma electrónica no es suficiente para este propósito.En entrevista, el director general de Bios Instala dice que eso equivale a como si te congelaran la cuenta bancaria o literal "te van a congelar temporalmente el sello digital"."Si te congelan el sello digital, no puedes hacer facturas, el cliente no te paga, no tienes ingresos y no se puede cumplir con los compromisos de pago, con lo cual la empresa o contribuyente está prácticamente en promesa de morir", alerta.Advierte que en 2020, el SAT aplicará este cambio que está en la resolución miscelánea fiscal."El SAT está cerrando el camino para que el contribuyente, se porte bien, pague sus impuestos, no intente defraudar al fisco y no intente engañarlo con número o que esté falseando información", pondera.Explica que dentro de los cambios más importantes para 2020 para los millones de contribuyentes que día a día, sin importar si son pequeños o grandes, están facturando y hacen recibos de nómina.Es decir los que tienen que ver con el comprobante fiscal digital por internet (CFDI).Para destacar esta medida, menciona que se emiten al día 12 millones de comprobantes fiscales."El SAT va a castigar al que se porte mal, es como los padres que tienen hijos adolescentes, cuando se portan mal, y necesitan reprenderlos, les quitan el celular y no van a tener contacto con los amigos; se les va a retirar uno o dos días", señala.Javier Zepeda señala cuáles serán las causas en las que procederá la suspensión del sello digital: "Con el simple hecho de que un contribuyente empresa o persona física, tarde más de un mes en presentar su declaración anual, ya con esto el SAT podrá suspender el uso del sello digital", explica el experto. "Cuando haya una diferencia entre la información que yo tengo y la del SAT, cabe la posibilidad que lo suspendan". Esto lo puede hacer el SAT actualmente, pero de manera aleatoria y bajo su propio criterio. Para 2020, de manera automática si no cumple, al día siguiente se le suspenderá el sello digital, será a través de la tecnología de la información. Si te suspenden el sello digital, Javier Zepeda dice lo que pasará: "Yo recomiendo que hay que responder de inmediato y no esperarse los 10 días", sugiere. "Con esto, el contribuyente podrá seguir operando en lo que aclara la situación", destaca.GC