Todos los trabajadores eventualmente tendrán que tomar decisiones en su vida, entre ellas elegir si se quedan o se van. En caso de que haya llegado una mejor oportunidad o sencillamente quieres renunciar, te corresponde el pago de finiquito. En México, el artículo 5° de la Constitución Política garantiza a los empleados el derecho a renunciar libremente, ya sea por motivos personales o profesionales y dar por concluida la relación laboral cuando así lo considere.En el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se establece que la relación laboran puede extinguirse por "suspensión temporal, rescisión o terminación", siendo esta última el caso de la renuncia voluntaria, en la cual el trabajador pone fin al contrato o vínculo laboral por decisión propia.El finiquito es el término utilizado para referirse a los conceptos que habrá de pagarse al trabajador cuando la relación laboral termina de forma voluntaria o por acuerdo mutuo. Este pago corresponde a la parte proporcional de las prestaciones de ley que el empleado tiene derecho. De acuerdo la norma, todo empleado tiene derecho a recibir finiquito o liquidación, según corresponda. Es importante no confundirse, ya que son remuneraciones diferentes. La segunda es una indemnización o compensación económica que debe otorgar la empresa cuando la relación laboral ha concluido por razones ajenas al empleado, mientras que el finiquito es el dinero que la empresa otorga en caso de que renuncies, se termine el contrato temporal, te despidan injustificadamente, entre otros.De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), si renuncias te corresponde el pago de las partes proporcionales:Para calcular el finiquito, lo primero que debes hacer es determinar el monto de cada una de las prestaciones a partir de conceptos como tu salario mensual, los años que trabajaste, días de vacaciones, días que laboraste y días trabajados que no han sido pagados. Una vez hecho eso, hay que seguir estos pasos:Ten en mente que esta cantidad es una aproximación, pues se te descontará el ISR, cuotas del IMSS, adeudos al INFONAVIT, crédito Fonacot o algún otro préstamos que hayas tenido con descuento vía nómina.MM