Los recargos son una indemnización al fisco por la falta de pago oportuno. Esto lo establece el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF).De acuerdo con el portal miskuentas, esta indemnización se calcula con base en una tasa de interés, que es determinada por el SAT y que puede variar trimestralmente. Los recargos se aplican sobre el monto actualizado de la deuda.Monto actualizado x Tasa de interés x Número de meses de retraso = RecargosLa Regla 2.1.21. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 establece que la tasa de recargos es de 1.47% mensual. Así, hay que multiplicar 1.47 por la cantidad de meses pasados desde el mes en que debió pagarse.En el ejemplo mencionado, el contribuyente piensa pagar en diciembre un adeudo que debió pagar en julio, tenemos que pasaron cinco meses, por lo que se tendría que multiplicar 1.47 por cinco, por lo que obtenemos que la tasa de recargos que hay que pagar es del 7.35%.Ahora tenemos que calcular el 7.35% de la contribución actualizada (10 mil 239 pesos). Para esto se tendría que multiplicar la contribución actualizada por la tasa de recargos, tras haber recorrido el punto decimal a la izquierda dos posiciones. Es decir, por 0.0735. El resultado de esta operación es 752.5, lo que corresponde a lo hay que pagar por concepto de recargos.Finalmente hay que hacer la suma de lo siguiente:El resultado es 10 mil 991.5 pesos. Hay que pagarle al SAT casi un 10% más de lo que habría que pagarle originalmente. Así que piénsalo dos veces antes de atrasarte en tus obligaciones.*Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp aquí: https://whatsapp.com/channel/0029VaAf9Pu9hXF1EJ561i03MV