Viernes, 08 de Noviembre 2024

Buzón Tributario: SAT te multará con esta cantidad si no lo activas

Uno de los elementos esenciales para el SAT es la activación del Buzón Tributario, que si no lo haces, podrías ser acreedor a una multa

Por: Elizabeth Vargas

A través del Buzón Tributario del SAT se notifica a los contribuyentes diversos temas. EL INFORMADOR / ARCHIVO

A través del Buzón Tributario del SAT se notifica a los contribuyentes diversos temas. EL INFORMADOR / ARCHIVO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha empujado su estrategia para lograr que los contribuyentes en México cumplan con todo lo requerido para estar en orden ante el organismo.

Uno de los elementos esenciales para el SAT es la activación del Buzón Tributario, que si no lo haces, podrías ser acreedor a una multa.

De acuerdo con el SAT, la activación del Buzón Tributario es un requisito obligatorio, pues ayuda a la comunicación entre el SAT y los usuarios, por ello, si no activas este canal, las personas físicas y morales podrían ser sancionadas y multadas.  

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Debes saber, que a través del Buzón Tributario del SAT se notifica a los contribuyentes sobre auditorías, devoluciones, requerimientos y cualquier actualización relacionada con sus obligaciones fiscales.

Su activación y uso es obligatorio para personas físicas con actividad empresarial y para todas las personas morales, independientemente de su régimen fiscal.

¿De cuánto es la multa por no activarlo?

Según el portal del SAT,  el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación estipula que la la infracción en materia de no habilitación del Buzón Tributario, "no registro o no actualización de los medios de contacto", se impondrá una multa de 3 mil 850 pesos  y hasta 11 mil 540 pesos.

Para la aplicación de dicha sanción, el SAT ha extendido una prórroga hasta el 1 de enero de 2025, de conformidad con el artículo transitorio Cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27.

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¿Cómo habilitarlo?

  • Ingresar en Buzón Tributario (sat.gob.mx).
  • Seleccionar “Habilita tu buzón”.
  • Ingresar RFC, contraseña, e.firma portable.
  • Verificar captcha. 
  • Proporcionar los medios de contacto (correo electrónico y número de celular).
  • Una vez recibido el código de verificación por SMS y correo electrónico, regresar a Buzón Tributario e ingresar los dígitos correspondientes.

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MV
 

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