Según la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo es una prestación laboral a la que tiene derecho toda aquella persona que cuente con un trabajo y que debe entregarse durante las festividades de fin de año. De hecho, legalmente el aguinaldo debe depositarse antes del 20 de diciembre y aquellos patrones que excedan esta fecha podrían recibir sanciones por las autoridades. Todas las personas que laboren o hayan trabajado en la empresa, aunque no hayan cumplido el año de servicios, son acreedores a un aguinaldo proporcional a los días trabajados. Por ley, el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por año trabajado. No obstante, hay empleos que llegan a ofrecer un poco más dependiendo de las cláusulas internas y sus condiciones. Si eres un trabajador con salario fijo, lo único que debes hacer es tomar tu sueldo diario y multiplicarlo por 15 días, que son los días que corresponden de aguinaldo hasta el momento para aquellos que trabajaron el año completo. Por otra parte, si tienes salario variable, debes tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados, y multiplicarlo nuevamente por 15. Siguiendo la fórmula anterior, deberías recibir un aguinaldo de 15 días por cada año trabajado. De esta manera, para calcular lo que te tocaría recibir en estas festividades sería: Aguinaldo total = (Salario diario) x (15 días x 2 años trabajados)Si tu empleador incumple con el pago del aguinaldo en tiempo y forma, tienes derecho durante un año para reclamar ante Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral. En caso de que se te pague incompleto o no se te pague el aguinaldo en absoluto, la PROFEDET ofrece servicios de orientación, asesoría, conciliación y representación jurídica. Las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo se encuentran ubicadas en la calle Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México. C.P. 06720. Del mismo modo, cuenta con los números telefónicos disponibles 800 911 7877; 800 717 2942 y 5559 98 2000 extensiones 44740 y 44741, o el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx CM