Vialidad: Reducen límites de velocidad en carreteras en zonas urbanas
La Ley de Movilidad y Seguridad Vial ha modificado la velocidad establecida para conducir, con el objetivo de generar estándares preventivos
La Ley de Movilidad y Seguridad Vial que entró en vigor a nivel nacional implica la unificación de límites de velocidad en todo el país. La nueva legislación considera que en las avenidas primarias de las ciudades, los vehículos podrán circular a un máximo de 50 kilómetros por hora, mientras el tope será de 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas. Sin embargo, en las carreteras que pasen por zonas urbanas se ajustó también a 50 kilómetros por hora, ya que en algunos tramos se permite entre 60 y 80 kilómetros. Esto se debe aplicar en zonas de la Carretera a Chapala o Carretera a Nogales, por ejemplo.
En lo referente a las autopistas de jurisdicción federal, la velocidad máxima permitida será de 110 kilómetros por hora para los automóviles, de 95 kilómetros para los autobuses de pasajeros y 80 para el transporte de bienes y mercancías en las carreteras.
En la justificación de la legislación se argumenta que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) documentó que, con la reducción de los límites de velocidad, descendió 32% la mortalidad por accidentes de tránsito en ciudades como Bogotá, Colombia.
La aplicación de pruebas de alcoholemia será otra medida nacional, con el objetivo de evitar la conducción de cualquier tipo de vehículos bajo el efecto del alcohol. El Congreso de Jalisco está en vías de armonizar la ley para aplicar las disposiciones.