La SCJN mantiene prisión preventiva oficiosa por falta de votos para invalidarla
El Pleno del máximo tribunal del país desechó el proyecto que proponía que el juez no aplicara en automático la medida cautelar
La propuesta para acotar la prisión preventiva oficiosa, no alcanzó la mayoría calificada, por lo que nuevamente fue desechada por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En sesión de este jueves, seis de los 11 ministros se pronunciaron en contra de la propuesta del ministro Luis María Aguilar Morales por diversas consideraciones jurídicas, entre las que destacan que la interpretaciones que se le pretendía dar al artículo 19, que establece los delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, va más allá de las facultades que tiene el máximo Tribunal de justicia del país.
Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek, y Arturo Zaldívar se pronunciaron en contra del proyecto de Aguilar Morales.
En tanto que a favor, los ministros Ana Margarita Ríos Farjat, Norma Lucía Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Luis María Aguilar, ponente de la propuesta.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf afirmó que no tiene duda de que la prisión preventiva oficiosa, entendida como automática, atenta contra el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia.
Sin embargo, consideró que acotar esta figura jurídica va más allá de las facultades otorgadas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por lo que anunció que "no es factible adoptar la interpretación que se propone en el proyecto" del ministro Luis María Aguilar, que la medida cautelar se aplique según sea el caso.
"Dicha interpretación es incompatible con los principios del sistema penal acusatorio", mencionó en su intervención ante el pleno.
En su intervención, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, consideró que hay un choque frontal entre la PPO y el as de derechos del artículo primero constitucional, específicamente en la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal.
"Si esto es así, no se trata, como se dijo la vez pasada, inaplicar la Constitución o de tomar un papel de constituyente que no tenemos, se trata de interpretar entre dos normas constitucionales cuál vamos a preferir y a mí me parece que frente a esta contradicción evidente, tenemos que preferir aquella norma que favorece más a la persona".
Al fijar su posición, la ministra Margarita Ríos Farjat señaló que la actual interpretación de la prisión preventiva oficiosa por parte del Estado mexicano ha sido la más cómoda, pero la más restrictiva para las personas imputadas que se encuentra recluidas.
JM