¿Las cuotas de inscripción a las escuelas de la SEP son obligatorias?
Millones de alumnos regresarán a las aulas después de las vacaciones de verano, por lo que surge la duda sobre si son o no obligatorias
Con el arranque del nuevo ciclo escolar muchos padres de familia se preguntan si las cuotas de inscripción es las escuelas públicas son obligatorias, y la respuesta es no.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) aclaró que no debe estar condicionada la cuota de inscripción a las escuelas públicas de la Secretaría de Educación Pública.
Por su parte, la Secretaría de Educación Jalisco (SEJ) también ha dicho que las cuotas para inscribir a los alumnos en escuelas deben ser voluntarias.
Juan Carlos Flores Miramontes, secretario de Educación Jalisco, ha realizado llamados a denunciar en caso de que haya una obligación, ya que estas cuotas son voluntarias.
La dependencia
La Constitución también establece que “la educación debe ser un derecho laico y gratuito”, por lo cual las cuotas voluntarias no tienen que ser impuestas como una obligación para los padres de familia.
Sin embargo, la mesa directiva de los planteles educativos manifiestan que las cuotas son necesarias para el mantenimiento de la institución, ya sea para la limpieza, compra de papel de baño, pintura, jardinería y mantenimiento, entre otras necesidades. En cada plantel educativo la mesa directiva de padres de familia es la que determina la cuota que actualmente ronda de los 500 a mil pesos.
Qué pasa en las escuelas privadas
Además de las escuelas públicas, existen las escuelas privadas, las cuales pueden elegir los padres de familia si cuentan con los recursos para ello, ya que en estas instituciones sí se debe pagar una inscripción y colegiaturas.
De acuerdo con la Profeco estas instituciones deben cumplir con diversas obligaciones, entre ellas:
- Informar sobre la incorporación a la SEP, de no contar con ella, sus estudios no tienen validez oficial.
- Informar los costos totales de al menos los siguientes conceptos: inscripción, reinscripción, colegiaturas, derechos por incorporación, exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, transporte.
- Dar a conocer el calendario de pagos y los descuentos por pago anticipado y recargos por mora. Entregar el reglamento escolar, así como la información para contactar a los directivos del plantel y horarios de atención.
- No pueden establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia.
Cuáles son los derechos en las escuelas particulares
De acuerdo con la Profeco en su guía de Regreso a Clases 2022, las escuelas particulares no deben exigir a los padres de familia la compra de útiles escolares, uniformes, libros y otros artículos o servicios con la misma escuela o con determinados proveedores. No deben exigir libros, útiles escolares y uniformes nuevos. Solo podrán requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y uniformes estén en buen estado. Si se deja de pagar tres o más colegiaturas, se puede dar por terminada la relación con el alumno, pero deberán notificar con al menos 15 días de anticipación.
Al dar por terminada la relación con el alumno no pueden retener documentación oficial, la deben entregar en máximo de 15 días después de solicitarla, sin costo alguno. Es importante leer muy bien todo lo que se firma y quedarse con copia de toda la documentación.
Profeco, además de informar y defender, es la instancia ante la cual se puede acudir para resolver cualquier conflicto que pudiera surgir en temas de consumo.
GC