La colegiatura y el transporte escolar pueden deducirse ante el SAT
Los contribuyentes pueden deducir gastos escolares, así que este regreso a clases, revisa cuáles son
Este ciclo escolar 2023-2024 empiezan los gastos fuertes para los papás, pues implica comprar útiles escolares, uniformes, pagar colegiaturas y transporte escolar. Afortunadamente, los contribuyentes pueden deducir algunos de estos gastos.
Para deducir alguno de los gastos por el regreso a clases, hay que cumplir con algunos requisitos establecidos. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las deducciones personales son los gastos que los contribuyentes, personas físicas, tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la Declaración Anual.
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¿Qué gastos escolares son deducibles ante el SAT?
Entre las deducciones personales hay unas que se clasifican como "deducciones personales de educación", esto hace que los contribuyentes puedan deducir impuestos de lo siguiente:
- Colegiaturas
- Transporte escolar
En ese sentido, gastos por concepto de inscripción, reinscripción, útiles escolares y uniformes no son deducibles.
Los pagos de colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente son deducibles, por el límite de monto anual siguiente :
- Preescolar: $14,200 pesos
- Primaria: $12,900pesos
- Secundaria: $19,900 pesos
- Profesional técnico: $17,100 pesos
- Bachillerato o su equivalente: $24,500 pesos
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La cantidad que se podrá disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas no debe exceder por cada uno de los alumnos de los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda.
Al momento de pagar la colegiatura, asegúrate de que tu factura contenga el complemento de datos que incluye el nombre y la CURP del alumno, su nivel escolar y clave de reconocimiento de validez oficial. El campo "Uso del CFDI" debe ser pagos por servicios educativos.
Referente al transporte escolar, el pago de transporte escolar de los hijos o nietos del contribuyente también es deducible, pero sólo en caso de que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura de todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante.