Publican la Ley Orgánica de FGR en el Diario Oficial de la Federación
La legislación establece la obligación de la Fiscalía de ejercer, a petición de las víctimas, su facultad de atracción cuando se trate de asuntos de "trascendencia social"
Este jueves se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR), a pesar de que el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) se había comprometido a no hacerlo hasta agotar las observaciones e inquietudes de organizaciones y familiares de desaparecidos que exigen que la institución autónoma investigue directamente los casos de desaparición forzada.
La nueva ley establece que la FGR podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común en los supuestos previstos en la Constitución Política, tratados internacionales y leyes aplicables, además de que la víctima también podrá solicitar a la Fiscalía que ejerza su facultad de atracción.
Asimismo, se devuelve a las Fiscalías especiales la facultad de atraer casos de violaciones a los derechos humanos o cuando se trate de un asunto de trascendencia, mientras que las víctimas, sus representantes y sus familias podrán involucrarse en la investigación de casos.
Establece que el fiscal general sólo podrá ser removido por el Presidente de México por causas graves comprendidas en la Ley de Responsabilidades Administrativas; además, estipula que la FGR participará de forma permanente en el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas y en el Mecanismo de Protección de Personas Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas.
La Ley Orgánica de la FGR, aprobada por el Congreso de la Unión el pasado 30 de abril y que entra en vigor este viernes, puntualiza que el Ministerio Público de la Federación se organizará como órgano público autónomo y el titular será propuesto por el Presidente y ratificado por el Senado.
JM