Restauranteros ganan amparo contra nueva ley antitabaco
La Canirac obtiene suspensión que permite a los clientes comer y consumir bebidas en espacios que son exclusivos para fumadores
Los clientes de los restaurantes representados por la Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) podrán volver a comer y beber en espacios para fumadores.
El organismo empresarial informó que obtuvo la suspensión definitiva del amparo que promovió contra el decreto por medio del cual se reformó el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor el 15 de enero pasado.
La medida prohibía la prestación de servicios o consumo de alimentos y bebidas en las zonas destinadas para fumar, inhabilitando por completo su operación. Esta acción impactó directamente a la industria restaurantera que está conformada por más de 600 mil establecimientos a nivel nacional.
Tras considerar que la autoridad excedió sus facultades y sobrepasó las regulaciones que la ley establece, la Canirac interpuso un juicio de amparo.
El pasado 13 de julio, el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió al organismo la suspensión definitiva del decreto.
“Con ello, se suspende la aplicación de la reforma al reglamento para aquellos restaurantes que demuestren su afiliación y cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco previo a la reforma”, precisó la institución.
Germán González, presidente de la Canirac a nivel nacional, explicó que esta suspensión se otorgó debido a los excesos que había en el reglamento de la ley.
“El reglamento decía que en esas áreas exclusivas de fumadores no se podían ofrecer alimentos y bebidas y justo esa es la actividad principal de un restaurante, entonces tienes un área que construyes y destinas y de repente te dicen que no puedes vender alimentos y bebidas. A nosotros nos pareció un exceso y pensamos que era bastante atacable”, afirmó el líder empresarial.