México

LFT: ¿Cuál es la multa por pagar menos que el salario mínimo?

En caso de que recibas menos dinero que el salario mínimo, el patrón puede recibir una multa

México es uno de los países con mayor índice de desigualdad laboral, pues, el 60 por ciento de las personas carece de alguna protección social o derecho, según datos publicado en la Gaceta UNAM. Por esta y más razones es imperante que en México se establezcan penalizaciones claras para los patrones que no cumplen con lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Durante una sesión realizada por la Cámara de Diputados se avalaron las modificaciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, la cual pasó al Senado para su revisión. En ella se establecen sanciones que van de los tres a los 10 años de prisión y de 5 mil a 50 mil días de multa a quienes exploten laboralmente a una o más personas. Estas son las tres formas en las que las personas pueden ser consideras como explotadas laboralmente:

  • Al tener que trabajar bajo condiciones peligrosas o insalubres sin la protección adecuada.
  • Cuando la cantidad de trabajo a realizar es desproporcional al pago que se va a recibir.
  • Cuando la persona recibirá un salario por debajo de lo que la ley sugiere.

En caso de que el patrón no esté cumpliendo el trato de salario estaría incurriendo en una de éstas y pueden penalizarlo.

¿Cuál es la multa por pagar menos que el salario mínimo?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los trabajadores no pueden recibir menos que el salario mínimo del año en curso.

De acuerdo con el Artículo 994 de la LFT, en caso de que esto sea así, se penaliza con una multa de 250 a 5000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). 

¿Cuál es la multa por no pagar el salario acordado?

Los empleados deben recibir el salario que se acordó desde el inicio de la relación laboral  y debe pagarse bajo las siguientes condiciones, toma nota:

  • El patrón debe pagar en las fechas establecidas, ya sea en un plazo semanal, catorcenal o quincenal.
  • No omitir pago.
  • Debe ser pagado en moneda nacional. Está prohibido utilizar vales, mercancía o moneda extrajera. Lo que sí se permite es que se pague a través de transferencia bancaria.
  • Los ingresos deben ser proporcionados al trabajador directamente, a menos que exista alguna imposibilidad para que lo reciba, en cuyo caso, un tercero podrá hacerlo.

En caso de que no se cumpla esto, la multa puede ir de los 50 a los 5 mil Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a 3 mil 244 pesos y 434 mil 440 pesos. Esto de acuerdo con el artículo 132 de la LFT, el cual versa sobre las obligaciones de los patrones.

En el caso de que se emita un recibo de pago con una cuantía mayor al salario realmente cubierto, la autoridad laboral puede imponer una multa de 800 a 3 mil 200 UMA, importe que puede llegar hasta los 69 mil 504 y a los 278 mil 016 pesos.

En caso de cometer alguna de las acciones antes referidas se puede llegar a sancionar con prisión que puede ir de los cuatro a los seis años, además de la multa referida.

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