LFT: ¿1 y 2 de noviembre son días de descanso oficial?
A continuación aclararemos la situación de estas fechas de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo
El 1 y 2 de noviembre son días importantes en México, ya que se celebran el Día de Muertos, una tradición muy profunda en la cultura nacional. No obstante, la interrogante sobre si estos días están marcados como descansos oficiales en la Ley Federal del Trabajo (LFT) provoca confusión entre empleados y trabajadores.
Bajo el contexto anterior, a continuación aclararemos la situación de estas fechas de acuerdo con lo establecido en la LFT.
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¿1 y 2 de noviembre son días de descanso oficial?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los días de descanso obligatorios son aquellos establecidos en el artículo 74, que incluyen fechas como el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 16 de septiembre, el primer lunes de noviembre, el 25 de diciembre y otros días que puedan ser establecidos como festivos por el gobierno.
Sin embargo, el 1 y 2 de noviembre no están catalogados oficialmente como días de descanso obligatorio.
La explicación de que no apliquen como días oficiales de descanso es simple y se debe a que están integrados en el calendario religioso. Los dos días vinculados al Día de Muertos —el primero conocido como Día de Todos los Santos y el segundo como Día de los Fieles Difuntos— son festividades asociadas a las principales corrientes del cristianismo.
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A pesar de esto, muchas empresas y organizaciones permiten a sus empleados el día libre el 2 de noviembre, considerando su importancia cultural y la relevancia de las tradiciones que rodean el Día de Muertos.
Lo anterior ha llevado a que algunas instituciones lo reconozcan como un día no laborable a través de acuerdos internos o convenios colectivos. Por lo tanto, es fundamental que los trabajadores consulten con sus empleadores o revisen sus contratos laborales para verificar si tienen derecho a un día de descanso en estas fechas.
YC