México

Impuesto a ahorradores, sin cambios para 2025

El ISR que se retendrá a quienes guardan o invierten dinero permanecerá en 0.50%

Para el próximo año, los ahorradores seguirán pagando la misma tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que les retienen actualmente las instituciones financieras por los intereses que hayan obtenido.

En la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) que forma parte del Paquete Económico 2025, que entregó el viernes la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al Congreso de la Unión, no se propuso ningún cambio sobre este gravamen.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece en su artículo 54 que las instituciones del sistema financiero habrán de retener un impuesto aplicable a los intereses que generen los depósitos de sus clientes. Es decir, se grava como ingreso acumulable de los contribuyentes lo obtenido en forma de intereses bancarios y similares.

De acuerdo con el Paquete Económico, la tasa de retención provisional aplicable a los ingresos por intereses pagados por el sector financiero durante el ejercicio fiscal 2025 se mantendrá en 0.50%. Esto significa que será la misma que los diputados y senadores autorizaron para el presente año.

Sin embargo, debido a que la propuesta está a consideración del Congreso de la Unión, podría haber algún cambio a favor de los ahorradores, ya que por lo general es un tema muy sensible que se aborda durante el debate legislativo del Presupuesto.

Cabe recordar que, en la iniciativa original de 2024, el Ejecutivo federal había planteado subir la tasa de retención a 1.48%, desde un nivel de 0.15% aprobado para 2023.

Así se había aprobado en la Cámara de Diputados, pero en el Senado fue modificada y quedó en 0.50%, que es el mismo nivel que se plantea para el próximo año.

Incluso, en la Cámara Alta quedó pendiente este año una iniciativa de la senadora morenista Ana Lilia Rivera para eliminar el impuesto al ahorro de las personas físicas.

Ese planteamiento tenía como objetivo de incentivar el ahorro de las personas físicas, por una parte, además de que se evitaría incurrir en el futuro en la injusticia de mermar todavía más el patrimonio de las personas que una eventual tasa alta de inflación ya afecta de por sí, con pérdida en el poder adquisitivo de sus ahorros. 

CT

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