México

¿Cuáles son los delitos electorales en México?

Descubre cuáles son y defiende la libertad de tu voto en este ejercicio democrático

Un delito electoral es cualquier acción u omisión que ponga en peligro el desarrollo de la función electoral y que atente contra el voto. Recordemos que este debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.

En caso de cometer uno de ellos las sanciones dependen del tipo de cargo que representen.

  • Si es una persona sin cargo en la función electoral, los cargos pueden ser de cincuenta a cien días de multa y de seis meses a tres años de prisión.
  • Si se es un ministro de un culto religioso, los cargos son de cien hasta quinientos días de multa.
  • Si se es un funcionario electoral, los cargos van de cincuenta a doscientos días de multa más prisión de dos a seis años.
  • En caso de ser funcionario partidista o candidato, la multa es de cien a doscientos días con presión de dos a seis años.
  • En caso de ser servidora pública, la multa es de doscientos a cuatrocientos días y prisión de dos a nueve años.
  • Si se es diputado, se realizará la suspensión de derechos políticos hasta por seis años.

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Estos son los delitos electorales que puede cometer un ciudadano

  • Votar sin cumplir con la ley
  • Votar más de una vez en la misma elección
  • Hacer proselitismo en el interior de las casillas o en la fila de votación
  • Obstaculice o interfiera con el mecanismo de votaciones y escrutinio de los funcionarios electorales
  • Recoja o retenga una o más credenciales de los ciudadanos cuando no es su función
  • Comprar el voto con pagas, promesas de dinero, compensaciones, amenazas o presione a otro a votar o a abstenerse de votar
  • Solicitar evidencia del voto emitido
  • Votar o pretender votar con una credencial de la cual no sea el titular
  • Organizar una reunión para influir en el sentido del voto

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  • Poner al alcance documentación que no deba ser publica
  • Tomar o destruir documentos u objetos y equipos necesarios para el mecanismo electoral 
  • Publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas durante los tres días previos a la elección y hasta el cierre oficial de las casillas
  • Atentar contra la libertad del sufragio
  • Abrir los paquetes electorales sin que sea parte de sus obligaciones
  • Proporcionar fondos provenientes del extranjero a cualquier partido o político
  • Expedir facturas en nombre de un partido político alterando el costo
  • Usurpar el carácter de funcionario de casilla
  • Proveer bienes y servicios a las campañas sin ser parte del padrón de proveedores autorizado

Así que evita incurrir en flagrancia y denuncia cualquier delito presenciado a la autoridad correspondiente. Las elecciones se realizarán el próximo domingo 2 de junio del 2024.

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