Elecciones 2024: ¿Qué son las impugnaciones y cuándo proceden?
Se podrá presentar juicio de inconformidad para impugnar durante la etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones
Posterior a la Jornada electoral que se llevó a cabo el pasado domingo 2 de junio, donde los ciudadanos acudieron a las urnas a votar para la renovación de distintos cargos a nivel nacional y local en toda la Republica Mexicana, ya se conoce a las y los ganadores virtuales por el conteo rápido del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP).
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Sin embargo, la Ley general en Materia de Delitos Electorales otorga el derecho de impugnación por los delitos que estén sujetos a resultado en materia Electoral.
¿Qué son las impugnaciones electorales?
Dentro de la justicia electoral mexicana se cuenta con medios de impugnación en materia electoral, con la finalidad de modificar, revocar o anular los actos y las resoluciones que se ajusten a lo establecido en la legislación electoral respectiva y las normas constitucionales, convencionales y legales.
Para poder impugnar un resultado de las elecciones se deberá promover un juicio de inconformidad ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por causas como:
La quema de urnas, el robo de urnas, utilizar boletas falsas, modificar boletas, imposibilitar la instalación de casilla, impedir el voto, obstruir el proceso electoral, entre otros, es decir cualquiera que sea para proveer beneficio a alguna candidatura en especial.
Luego se dirigirá a la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (Fisel), quién se encargará de investigar y perseguir delitos en las elecciones que sea considerado como delito electoral, es decir, cualquiera que sea como presunto responsable de violentar el ejercicio democrático y el derecho a votar de los ciudadanos.
¿Cuándo se podrá impugnar en las elecciones del 2024?
El reconteo de votos inició a las 08:00 horas del pasado miércoles 5 de junio, por lo que los cómputos distritales cuentan con un periodo máximo de 82 horas para concluir con todos los conteos.
Por lo que en México a partir del 9 de junio, que será cuando se confirmen los resultados, inicia el periodo permitido de impugnación para que los ciudadanos candidatos, partidos políticos, agrupaciones políticas, quiénes tiene derecho a impugnar un resultado de las elecciones de acuerdo con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) y que no estén de acuerdo debido a diferentes recursos y juicios para quejarse ante un tribunal.
La impugnación se debe presentar dentro de los 4 días contados a partir del día siguiente al que se tenga conocimiento del acto o resolución que se reclama.
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