Fiscalía impugna sentencia de amparo a Mario Aburto
El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en el Estado de México, turnó a la Suprema Corte la impugnación que interpuso la FGR, a cargo de Alejandro Gertz Manero
El amparo que se le concedió a Mario Aburto Martínez, que dejó sin efecto la sentencia de 45 años de prisión por el asesinato del candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, en marzo de 1994, fue impugnado por la Fiscalía General de la República (FGR).
El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal en el Estado de México, turnó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la impugnación que interpuso la FGR, a cargo de Alejandro Gertz Manero.
Los magistrados del Colegiado manifestaron que una vez que la Corte emita su resolución, determinará si el Primer Tribunal Colegiado de Apelación dio cumplimiento a la sentencia de amparo que permitiría a Aburto recuperar su libertad en marzo del 2024.
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El expediente refiere, que se informe a la Superioridad que en la sentencia recurrida se abordó el planteamiento de constitucionalidad del artículo 10, párrafos segundo y tercero, del Código Federal de Procedimientos Penales.
"En ese tenor, remítase al Alto Tribunal de Justicia a través del módulo de intercomunicación entre los Órganos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Órganos del Poder Judicial de la Federación la demanda de amparo que dio origen a este juicio, el proveído en el que se admitió dicho asunto, del que se advierte la legitimación procesal de la parte recurrente, la sentencia que se impugna, sus notificaciones", detalla.
"Así como el escrito de expresión de agravios que se atiende y la certificación que se realice en acatamiento a lo previsto en el párrafo último del Punto Primero del Acuerdo General 18/2013 del 19 de noviembre 2013, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación", se indica.
El pasado 6 de octubre, el colegiado le otorgó la protección de la justicia federal a Aburto, quien solicitó dejar insubsistente la sentencia y emitir una nueva resolución, basándose en el Código Penal de Baja California en 1994.
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El 8 de octubre, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) consideró que se trataba de un paso más para lograr la verdad y la justicia.
En esa ocasión, indicó que en la Recomendación 48VG/2021 está asentado que en el caso se registraron irregularidades, omisiones, encubrimientos y que, tarde o temprano, deberán ser plenamente esclarecidos.
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MV