Avalan prisión preventiva para abuso sexual infantil y feminicidio
Diputados amplían catálogo de delitos que merecen esta medida, entre ellos también están robo de casa habitación, robo al transporte de carga y desaparición cometida por particulares
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y con 266 votos a favor, 2 abstenciones y 127 en contra, ampliar el catálogo de delitos que serán castigados con prisión preventiva oficiosa como abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
También, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
El dictamen aprobado volverá al Senado antes de pasar al Poder Ejecutivo, para que el Presidente Andrés Manuel López Obrador lo firme y se realice su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El Pleno aceptó la propuesta de modificación de la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero (Morena) para suprimir el quinto párrafo del Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales que establecía que también se considerarían para prisión preventiva oficiosa los delitos cometidos con medios violentos que utilicen objetos que tengan la apariencia, forma o configuración de un arma de fuego o explosivos funcionales o no y que sirvan para amagar o intimidar a la víctima.
Esta modificación forma parte de la reforma que fue aprobada a principios de 2019, la cual adicionó los delitos en el Artículo 19 de la Constitución.
Aprueban hasta 10 años de cárcel por agredir a médicos
La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal, y de las leyes General de Salud y Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación, para brindar protección integral al personal del Sistema Nacional de Salud (médicos, Fuerzas Armadas y/o cuerpos de emergencia) y se establece que se castigarán con penas de uno a 10 años de prisión a quienes los agredan cuando desempeñen funciones durante una contingencia sanitaria, emergencia, desastre natural o cualquier circunstancia catastrófica.
El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales y avalado por 367 votos a favor y uno en contra, incorpora en los artículos 149 ter y 190 del Código Penal Federal, dentro del delito de discriminación, los hechos que se realicen en contra de quien tenga alguna condición laboral o desempeñe función relacionada con la mitigación de emergencias sanitarias o desastres naturales.
SUN