México

Así puedes reclamar una casa abandonada en México, estos son los pasos

¿Es posible reclamar o adueñarse de una vivienda deshabitada, de una casa abandonada? Sí, con algunas condiciones; esto es lo que indica el Código Civil Federal

México atraviesa una profunda crisis de vivienda que afecta a miles de personas. Desde el fenómeno de la especulación inmobiliaria, que ha disparado el precio de las viviendas por los cielos, o que cambió su propósito para que, en lugar de acoger familias reciban habitantes temporales (como lo que ocurre con la plataforma Airbnb), existen además miles y miles de viviendas que se encuentran en el abandono total.

Claudia Sheinbaum, Presidenta de México, mencionó en su conferencia mañanera del pasado 30 de octubre, que en el país hay alrededor de 600 mil viviendas, ya edificadas, ya construidas, fraccionamientos enteros, en los que no vive nadie.  

Las casas vacías pueden ser habitadas. Con ciertos requisitos, asesoramiento y un extenso proceso legal, uno puede reclamar una casa abandonada como suya gracias a la figura de la Prescripción Adquisitiva, en la que una persona puede tomar posesión de un inmueble, y de este modo convertirse en su dueño, aunque hay que especificar que es un proceso lento, complicado, y que requiere el acompañamiento y la resolución de un juez.

¿Qué es la prescripción en el Derecho? Según el Diccionario de la Real Academia Española, es "adquirir un derecho real por el transcurso del tiempo en las condiciones previstas por la ley". Por su parte, el Código Civil Federal establece en su Título Séptimo, Capítulo 1, Artículo 1135, que la prescripción "es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley".

¿Cuáles son las condiciones previstas por la ley en México? En nuestro país, para poder reclamar una casa abandonada como propia, existe  la prescripción positiva, de acuerdo con el Código Civil Federal. Se refiere a quien, cumpliendo ciertas condiciones, ha habitado un inmueble abandonado en un periodo de entre los 5 a los 10 años, para que se le pueda ser concedido el título de propiedad.

En todo caso, para aquel que decida recurrir a esta opción para reclamar una vivienda deshabitada, debe notificar a las autoridades correspondientes, no es un proceso gratuito, y tiene que realizarse acompañado de un juez. De acuerdo con el Artículo 1151 del Código Civil Federal, para que se efectúe el proceso de prescripción de una casa deshabitada y sin dueño, esta debe de ser:

  • I. Pacífica; es decir, que la ocupación se lleve a cabo sin conflictos con terceros
  • II. Continua; la ocupación debe ser constante, sin intermitencias 
  • III. Pública; que las autoridades y la comunidad sepan de la presencia del ocupante en la propiedad que desea poseer

Y según el Artículo 1152, los bienes inmuebles se prescriben:

  • I. En cinco años, cuando los inmuebles hayan sido objeto de una inscripción de posesión; con buena fe, pacífica, continua y públicamente;
  • II. En diez años, cuando se poseen de mala fe*, si la posesión es en concepto de propietario, pacífica, continua y pública.

Por "mala fe" se refiere a cuando la prescripción se lleva a cabo sabiendo que el inmueble, aun estando deshabitado, tiene un dueño o propietario legítimo, pero aun así sigue el procedimiento de manera pacífica, pública y continua como lo marca la ley. En este tipo de casos, el proceso se alarga de cinco a diez años. 

No obstante, el proceso para apropiarse de la vivienda deshabitada requiere varias etapas, entre las que se encuentran:

  • Documentación: El ocupante debe demostrar que ha habitado la casa de manera continua con recibos de servicios, testimonios de vecinos, fotografías, etc.
  • Asesoría legal: El proceso no puede realizarse sin un asesoramiento legal de expertos, concretamente de un abogado especializado en derecho civil que lleve a cabo el debido proceso con las autoridades que corresponden 
  • Proceso judicial: Quien desee poseer la casa, debe iniciar un procedimiento legal para que un juez reconozca y valide la evidencia presentada
  • Resolución final: Una vez el juez determine que todos los procesos se han cumplido, podrá otorgar el título de propiedad 

El artículo 1156 establece que, en caso de cumplirse las condiciones exigidas, "puede promover juicio contra el que aparezca como propietario de esos bienes en el Registro Público, a fin de que se declare que la prescripción se ha consumado y que ha adquirido, por ende, la propiedad", y que "la sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de prescripción, se inscribirá en el Registro Público y servirá de título de propiedad al poseedor".

De modo que, si bien no es imposible poder reclamar una vivienda deshabitada en México, sí es un proceso que toma años, paciencia, y que debe realizarse en todo momento con asesoramiento legal, con conocimiento de las autoridades, y con constancia para poder, finalmente, reclamar el inmueble. 

FS

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