México

Tribunal Electoral determina que López Obrador cometió violencia política de género contra Xóchitl

La Sala Especializada validó las acusaciones de Gálvez, basadas en declaraciones realizadas por el Presidente durante 11 de sus conferencias matutinas, las cuales menospreciaban su trayectoria política

Este jueves 13 de junio, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el Presidente de México Andrés Manuel López Obrador incurrió en actos de violencia política de género contra Xóchitl Gálvez, quien fue candidata a la presidencia por la coalición Fuerza y Corazón por México, integrada por PRI, PAN y PRD, en las elecciones de 2024.

La Sala Especializada validó las acusaciones de Gálvez, basadas en declaraciones realizadas por el Presidente durante 11 de sus conferencias matutinas, las cuales menospreciaban su trayectoria política.

"Obtuvo la candidatura por decisión de un grupo de personas con poder político que la designaron para utilizar su imagen como una mujer del pueblo, y que con ello pretende causar simpatía en el electorado", mencionó el mandatario durante una de las conferencias en cuestión.

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De acuerdo con el TEPJF, los comentarios "configuran violencia simbólica con el objeto de menoscabar el reconocimiento de sus derechos políticos, basándose en su carácter de mujer e indígena, al reforzar el estereotipo de inferioridad o dependencia para acceder a cargos públicos, y que no es autónoma en sus decisiones".

¿Qué es la violencia política de género?

De acuerdo con el TEPJF, la violencia política de género (VPG) comprende todas aquellas acciones y omisiones, incluida la tolerancia, que se basan en elementos de género y se dan en el ejercicio de los derechos político-electorales, con la finalidad de menoscabar o anular el reconocimiento de los derechos políticos inherentes a un cargo público.

"Este tipo de violencia puede tener lugar en cualquier esfera: política, económica, social, cultural, civil, dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en un partido o institución política; incluyendo el ámbito público y privado".

Además, se señala que los actos violentos pueden ser simbólicos, verbales, patrimoniales, económicos, psicológicos, físico y sexual; y puede llevarse a cabo a través de medios de información como la radio, la televisión, los periódicos y también por el ciberespacio; por ello, las formas de atender las sanciones en cada caso varían.

¿Qué sanción tendrá López Obrador tras cometer violencia política de género?

De acuerdo con la Cámara de Diputados, al tipificar la violencia política de género como delito electoral se pueden acordar sanciones de hasta 7 años de prisión; por otro lado, “se estipula que se impondrá de 100 a 400 días de multa y prisión de 1 a 3 años al que, por razones de género, menoscabe o anule el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales de una o varias mujeres”.

Sin embargo, la ley impide sancionar al Presidente de la República por estas faltas en materia electoral, por lo cual, sólo se acreditó la infracción del mandatario por los comentarios emitidos en contra de Xóchitl Gálvez.

MF

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