Jalisco

Tras intervención de la SCJN, buscan precisar legislación sobre delitos al manejar alcoholizado

El pasado 19 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la reforma al artículo 122 del Código Penal de Jalisco

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los artículos 122, 123 y 124 del Código Penal del Estado por considerar que había falta de claridad en la determinación de conductas infractoras en materia de vialidad; el diputado Hernán Cortés Berumen presentó una iniciativa de reforma para darle precisión a la legislación y atender lo señalado por los ministros que advirtieron confusión y falta de certidumbre.

"Básicamente lo que estamos buscando es precisar para que no quede ambigüedad de que hay doble sanción o falta de claridad. En lo que ellos determinaron, lo que ellos declararon inválido no tiene aplicabilidad entonces presentamos una iniciativa para modificar el Código y que pueda tener constitucionalidad", comentó el legislador.

Cortés Berumen aclaró que la determinación de la SCJN no afecta la aplicación de multas por conducir superando los niveles de alcohol, pues parte de lo que señalaron es que lo sancionado en los artículos invalidados ya estaba considerado en la normatividad en materia de movilidad y transporte. De esta manera quien cometa una infracción adicional a conducir alcoholizado será sancionado conforme al Reglamento de Movilidad.

El proyecto de reforma impulsado por el legislador panista se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales para su revisión.

PARA SABER

El pasado 19 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la reforma al artículo 122 del Código Penal de Jalisco, aprobada en 2016 por el Congreso estatal. Fue la Procuraduría General de la República quien presentó acción de inconstitucionalidad contra la modificación por considerar que era poco clara en la determinación de las conductas infractoras y violentar el principio de taxatividad en materia penal.

OB

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