Jalisco

Ratifican convocatoria sólo para mujeres en elección extraordinaria de Tlaquepaque

El Triejal sostiene que el Congreso de Jalisco fundamentó su determinación en el marco constitucional, convencional y legal relativo al principio de igualdad

Con votación dividida, el Tribunal Electoral del Estado (Triejal) desestimó las impugnaciones en contra de la convocatoria aprobada por el Congreso de Jalisco que contempla la participación sólo de mujeres en la contienda extraordinaria por la presidencia municipal de Tlaquepaque.

"La implementación de medidas afirmativas en favor de las mujeres no constituye discriminación ni una medida restrictiva para los hombres"

En la ponencia, elaborada por la magistrada Ana Violeta Iglesias Escudero, se argumenta que las medidas afirmativas de género no se pueden considerar como discriminación para los hombres, y sostiene que el Congreso fundamentó su determinación en el marco constitucional, convencional y legal relativo al principio de igualdad y atendió los criterios emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

“La implementación de medidas afirmativas en favor de las mujeres no constituye discriminación ni una medida restrictiva para los hombres, ya que para estos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos políticos electorales, toda vez que están en la posibilidad de formar parte de la planilla que al efecto registren los partidos políticos”, se expone en el documento.

La sesión del Triejal se realizó por videoconferencia. ESPECIAL

La resolución fue avalada por la magistrada ponente, Ana Violeta Iglesias Escudero y el secretario general de acuerdos Álvaro Zuno Vázquez en carácter de magistrado por ministerio de ley. Votó en contra el magistrado Tomás Vargas Suárez, que no argumentó su postura. En la sesión, que se realizó por videoconferencia, estuvo ausente el magistrado Everardo Vargas Jiménez.

Las inconformidades rechazadas fueron presentadas por el ex candidato, Alberto Maldonado Chavarín, de Morena, Partido del Trabajo y el partido local Hagamos. Las impugnaciones cuestionaban las facultades del Congreso estatal para emitir la convocatoria a elecciones extraordinarias, y argumentaron que contravino los principios de legalidad y equidad al excluir a candidatos varones, que en la elección ordinaria sí participaron. Esos señalamientos fueron desestimados en la resolución del Tribunal Electoral local.

Esta determinación aún puede ser impugnada ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

GC

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