Secretaría de Seguridad niega que "cazan" a vehículos mal estacionados
La dependencia detalla que los operativos se aplican en zonas identificadas como prioritarias o con base en reportes que se reciben de los ciudadanos
Tras la noticia publicada sobre “Denuncian abusos de grúas y policías viales”, la Secretaría de Seguridad del Estado responde que desde el inicio de esta administración, la Comisaría de la Policía Vial implementó un operativo permanente de reordenamiento vial, que tiene como objetivo brindar seguridad a los usuarios de las vías públicas, “agilizando la circulación de calles y retirando los vehículos que están mal estacionados, en lugares prohibidos o en áreas que afectan el paso de peatones u otros conductores de vehículos”.
Refiere que estos operativos se aplican en zonas identificadas como prioritarias o con base en reportes que se reciben de los ciudadanos, quienes informan de obstrucciones viales o usos prohibidos de estacionamiento. Por eso niega que los policías viales “están cazando” a los dueños de vehículos que cometen cualquier falta, aunque no ameriten corralón, “ya que los oficiales tienen como obligación y atribución cumplir y hacer cumplir la Ley de Movilidad y Transporte de Jalisco”.
Este medio de comunicación publicó las quejas de vecinos o conductores, quienes denuncian que agentes viales y choferes de grúas están “cazando” a los dueños de vehículos que cometen cualquier falta, aunque no amerite el corralón. “Si le pusieron la cadena son 700 pesos los que uno tiene que pagar a la grúa para que suelten el carro. Pero si lo subieron a la plataforma… son mil 500 pesos como mínimo para que lo bajen”.
Así cuenta Fabián, encargado de un valet parking de la colonia Chapalita en Zapopan, sobre los operativos “barredora” montados por la Policía Vial en distintos puntos de la ciudad. Y acentúa que los operativos no son para ordenar las calles, “sólo para obtener dinero”, ya que tras pagarles, “los autos son bajados a la vuelta de donde fueron levantados”.
Pero la Secretaría añade que no hay “acuerdos con las empresas de grúas, pues sólo es un servicio que se solicita a cabina, tal y como lo marca el protocolo. Asimismo, se aclaró que conforme al Artículo 170 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Jalisco, fracción IV, en el caso previsto en la fracción IV del artículo anterior, si el conductor llegare cuando se estén realizando las maniobras o una vez realizadas las mismas hasta antes de que se retire la grúa con el vehículo, podrá recuperarlo de inmediato, previo pago contra recibo que le expida el servicio de grúa, sin perjuicio de las infracciones en que haya incurrido”.
GC