Esto dice la medida cautelar a favor de los pobladores del Río Santiago
El gobernador de Jalisco se encuentra en la ciudad de Washington para exponer ante la CIDH las acciones que han implementado para el saneamiento del Río Santiago
El día de hoy, el Gobierno de Jalisco se encuentra en la ciudad de Washington, en Estados Unidos, donde se preparan para exponer las acciones que han implementado para el saneamiento del Río Santiago, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), un órgano independiente de la Organización de Estados Americanos (OEA).
¿Por qué realiza esta acción?
El 7 de febrero de 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de pobladores de las zonas aledañas al Río Santiago, tras considerar que se encuentran en situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos, a raíz de una presunta contaminación ambiental en el Río Santiago y el Lago de Chapala.
Para tomar su decisión, la Comisión observó con preocupación los estudios aportados por los solicitantes acerca de la contaminación y su efecto nocivo en los habitantes. “Tales estudios demuestran altos porcentajes de indicios de enfermedades renales, presuntamente derivadas de la exposición a contaminantes presentes en el Río Santiago y sus entornos, además de la detección de pesticidas en la orina de niñas y niños. Asimismo, se indicó que 28 personas habrían fallecido debido a enfermedades renales crónicas desde 2003, incluyendo una persona a mediados de 2019”, se detalló en el comunicado de prensa.
¿Qué dice la medida?
Según el análisis realizado por la CIDH, los pobladores de las zonas hasta cinco kilómetros del Río Santiago “en los municipios de Juanacatlán y El Salto, así como los pobladores de las localidades de San Pedro Itzicán, Agua Caliente, Chalpicote y Mezcala en el municipio de Poncitlán, Estado de Jalisco, se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida, integridad personal y salud enfrentan un riesgo de daño irreparable”.
¿Qué se debe realizar?
La CIDH establece que el Estado debe adoptar las medidas pertinentes “para brindar un diagnóstico médico especializado para las personas beneficiarias, teniendo en cuenta la alegada contaminación, proporcionándoles asimismo una atención médica adecuada en condiciones de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, conforme a los estándares internacionales aplicables”.
GC