Jalisco

Revisiones policiales mantendrán protocolo de tres pasos: Comisionado

Raúl Velázquez precisó que trabajará con los elementos de seguridad para evitar que se violen los derechos humanos de las personas 

Ante la reciente resolución Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al respecto de las revisiones rutinarias por parte de los elementos de seguridad a las personas y los vehículos; el comisionado de Seguridad Pública del Estado, Raúl Alejandro Velázquez Ruíz, precisó que los protocolos de registro contarán con tres pasos, mismos que previamente ya se realizaban, asegura. 

Los policías iniciarán la revisión con cuestionamientos sobre el nombre y domicilio, luego podrán solicitar que se despojen de objetos personales y si consideran necesario, realizar una revisión con tacto. 

“Siempre ha habido tres supuestos que son avalados por La Corte: el primero es el acercamiento que debes tener sobre el individuo que vas a revisar, un intercambio de la comunicación, nombre, domicilio, casa en el lugar; un acercamiento de revisión donde le pides, que saque las cosas de su cuerpo para revisar y el tercero es un acercamiento en contacto, cuando ya se presenta algo más riesgoso hacia el policía”, preció Velázquez. 

Asegura que para los elementos de seguridad siempre se ha permitido que se aborde a una persona en la calle bajo dicho proceso de revisión siempre y cuando se respeten los derechos y las garantías de los individuos. 

Reitera que en este caso, la operatividad de los elementos de seguridad no tendrá variación en particular y precisó que trabajarán en coordinación para que no se vulneren los derechos de las personas. 

“Tenemos que trabajar con los policías con esos tres pasos a seguir para no pisotear los derechos humanos”, agrega el comisionado.

El martes pasado fueron declaradas como constitucionales los artículos 132, fracción VII; 147, tercer párrafo; 251, fracciones III y V; 266 y 268 impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

El ministro Javier Laynez Potisek indicó que para que la revisión se ajuste a los parámetros constitucionales, ésta debe ocurrir ante la sospecha razonable de que se está cometiendo un delito y no por la simple apariencia de las personas a las que se les someterá a la misma.

NM

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