Regulan asignación de escoltas a funcionarios estatales
El pleno del Congreso local aprobó la Ley del Servicio de Protección para el Estado y sus municipios
Con el voto en contra de los diputados del PRI, el pleno del Congreso local aprobó la Ley del Servicio de Protección para el Estado y sus municipios que regulará la asignación de escoltas oficiales a funcionarios públicos.
La legislación considera que el Consejo Estatal de Seguridad Pública elaborará dictámenes de riesgo para definir cuántos elementos de seguridad se asignan a los funcionarios que requieran protección. En el caso de los particulares que actualmente tienen escoltas oficiales deberán solicitar el servicio al Consejo y contar con el dictamen técnico de necesidad. Además de pagar sueldos y prestaciones del personal asignado.
"Debe haber una declaratoria de protección que establecerá el número de oficiales, la temporalidad y el costo ya sea que se cubra o no por el estado", explicó el diputado Héctor Pizano Ramos, autor de la iniciativa. La ley retoma una iniciativa de reforma que impulsó el ex diputado Augusto Valencia que fue vetada por el gobernador Aristóteles Sandoval.
La legislación específica que son sujetos de protección el gobernador, el secretario general, el fiscal estatal, el secretario de seguridad, fiscal regional, el encargado de reinserción social, el coordinador general de seguridad, el presidente del Supremo Tribunal y el secretario de Transporte.
La legislación pone un "tope" al número de escoltas oficiales asignados a ex funcionarios, el máximo será 18 elementos que podrán tener ex gobernadores y ex fiscales; además de dos vehículos blindados
La coordinadora de la bancada del PRI, Mariana Fernández, criticó que la regulación imponga topes al número de escoltas para ex funcionarios; pidió no usar el tema para golpeteo político y recriminó que se haya hecho público la cantidad de elementos asignados a quienes dejan la administración estatal.
En el caso de los municipios se instruye a los Ayuntamientos regular la asignación de elementos municipales como escoltas. El incumplimiento de la regulación se considerará abuso de autoridad y se incluyó en el Código Penal estatal. La legislación entra en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial.
Se da plazo de dos meses para que el gobierno estatal modifique sus reglamentos para cumplir con las nuevas disposiciones. A quienes actualmente cuentan con protección por parte del estado, les dan diez días de plazo para solicitar la continuidad del servicio. Los elementos que actualmente estén asignados como escoltas deben reportarse ante la Secretaría de Seguridad con su armamento y vehículos.
LS