Multas por fumar al manejar serán solo para transporte público; esto costarán
Conductores del transporte público, taxistas y de plataformas digitales tendrán que pagar una multa si fuman al manejar
Para especificar que la multa por fumar al manejar sólo aplicará para conductores de transporte público en cualquiera de sus modalidades, el pleno del Congreso de Jalisco avaló reformar la nueva Ley de Movilidad. Con la modificación se especifica que la infracción irá de 96.22 pesos a 481.1 pesos por fumar al conducir vehículos del servicio de transporte público en todas sus modalidades, incluyendo taxis y autos de aplicaciones digitales.
También se dio reversa al aumento al cobro mínimo en fotoinfracciones, para que vuelva aplicar los valores contemplados en la ley anterior; con esto a quien rebase los límites de velocidad permitidos les aplicará sanción de 962.2 pesos hasta los dos mil 886.6 pesos.
"Si el parlamento es para discutir sobre temas estudiados, previstos y proyectados, qué sentido tiene votar una ley desconocida y peor en qué abonaría una corrección improvisada sobre una norma errática", cuestionó la diputada priista Verónica Flores.
En la discusión del tema, el diputado de Hagamos, Enrique Velázquez, insistió en que la reforma tiene fines recaudatorios y cuestionó la fórmula de tarifa indexada, planteó modificaciones al dictamen que fueron rechazadas.
La diputada Mónica Magaña, presidenta de la Comisión de Movilidad, reiteró que las infracciones que incrementan son las que sancionan conductas que ponen en riesgo la vida.
El coordinador de la bancada del PRI, Hugo Contreras Zepeda, solicitó incluir un artículo transitorio para dar seis meses de excepción en la aplicación de las multas y nuevas disposiciones, hasta que sean socializadas entre los ciudadanos.
La modificación a la nueva ley se aprobó con 27 votos a favor, 4 abstenciones y 2 en contra.
JL