Jalisco

Será obligatorio que las escuelas tengan plan de movilidad

Las escuelas deberán, entre otras acciones, mitigar el uso del vehículo particular y mejorar la señalización vial en los entornos

Todas las escuelas de Jalisco con más de 300 estudiantes deberán contar con un plan de movilidad que incluya acciones y estrategias para impulsar el transporte escolar regulado, la mitigación en el uso del vehículo particular y mejorar la señalización vial en los entornos. La nueva Ley estatal de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte Público incluye esta obligación y especifica que corresponderá a los gobiernos municipales solicitar, evaluar, y colaborar en la elaboración de los planes.

La legislación precisa en qué condiciones podrá operar un sistema de transporte escolar, refiere que será para movilizar a estudiantes de instituciones educativas, que debe tener definido su itinerario y horarios según las necesidades particulares de cada escuela.

Sobre el costo del servicio, establece que será el acordado entre autoridades del plantel escolar y el prestador; señala asimismo que quien lo preste debe cumplir la norma general de carácter técnico para transporte especializado.

Corresponderá a la Secretaría de Educación y a los municipios, implementar mecanismos que incentiven el uso del transporte escolar. Además, en coordinación con autoridades de los planteles educativos, promoverán el uso de la movilidad activa, para realizar los trayectos caminando o en bicicleta; deberán establecer y difundir entre el alumnado de rutas o senderos seguros, debidamente identificados.

CLAVES
La movilidad escolar a detalle

  • La nueva ley define la movilidad escolar como la forma de desplazamiento de la comunidad educativa a planteles escolares públicos o privados.
  • Plantea elaborar planes con acciones, programas y estrategias, para promover el uso racional de los vehículos y   garantizar la seguridad vial en los traslados de estudiantes y los entornos de centros educativos.
  • Los estudiantes tendrán el derecho de paso preferencial en todas las intersecciones y zonas señaladas próximas a los centros escolares. Tendrán prioridad para el ascenso y descenso en los vehículos de transporte público en general.
  • La Secretaría de Seguridad y autoridades municipales deberán aplicar dispositivos para priorizar el tránsito de estudiantes en los horarios y lugares establecidos.
  • Los planteles educativos contarán con esquemas que agilicen el ascenso y descenso de los estudiantes, cuando no hagan uso de los vehículos de transporte escolar.
  • Las escuelas deberán contar con un Plan de Movilidad Escolar que implemente acciones y estrategias cuyo propósito sea, impulsar el incremento del transporte escolar regulado y una estrategia de mitigación en el uso de vehículos privados.

JM

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