Destraban reforma a Ley de Movilidad; multas por fumar al manejar solo para camioneros
En los ajustes se da marcha atrás al aumento al monto mínimo de fotoinfracciones, para que vuelvan aplicar los valores contemplados en la ley anterior
Con cuatro votos a favor y una abstención, la Comisión de Movilidad en el Congreso de Jalisco aprobó reformas a la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte Público, para corregir errores. Se modificó el artículo 360, para especificar que la multa por fumar al manejar se aplicará sólo a conductores del transporte público. La infracción irá de 96.22 pesos a 481.1 pesos.
“Los conductores de los vehículos del transporte público deben abstenerse de fumar en el interior de los mismos; dentro de la misma norma se plantea la sanción, aunque solo se señala o se dirige al titular de la concesión o permiso, de tal forma que la Comisión ve necesario dirigirla de igual forma en la Ley de Movilidad, Seguridad Pública y Transporte, lo que corresponde a las personas operadoras o conductoras por dicha conducta, pues es la norma que regula el servicio de transporte público”, argumentan en la exposición de motivos del dictamen.
En los ajustes se da marcha atrás al aumento al monto mínimo de fotoinfracciones, para que vuelvan aplicar los valores contemplados en la ley anterior; con esto a quien rebase los límites de velocidad permitidos les aplicará sanción de 962.2 pesos hasta los dos mil 886.6 pesos.
La Comisión retomó el tema luego de que la semana pasada se frenó tras la decisión de las fracciones del PAN, PRI, Hagamos y Futuro, de abandonar la sesión del pleno. Con los cambios al dictamen, panistas y morenistas votaron a favor en la Comisión, mientras que la diputada de Futuro, Susana de la Rosa, mantuvo su voto en abstención.
Está previsto que esta tarde haya sesión extraordinaria del Congreso estatal para votar las modificaciones.
GC