Camiones tipo torton no tendrán restricciones para circular en el AMG: Imeplan
El Instituto aclaró que a esos camiones no les aplican estos lineamientos y muchas de las mercancías que se transportan en la ciudad se hacen a través de este tipo de camiones
El Instituto Metropolitano de Planeación (Imeplan) presentó los lineamientos para regular la circulación del transporte de carga pesada en el Área Metropolitana de Guadalajara (AMG). Mario Silva Rodríguez, titular del organismo informó que no tendrán ninguna restricción los camiones tipo "torton", camiones unitarios o tipo C2 y C3 según la clasificación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
"Esos camiones quedan con excepción, a esos camiones no les aplican estos lineamientos y muchas de las mercancías que se transportan en la ciudad se hacen a través de este tipo de camiones. Aclarar el mito urbano que circula en redes sociales, de que la medida es para todos y se está haciendo una afectación de la economía, es falso. Los camiones tipo C2 y tipo C3 no tienen restricción de entrada y salida en el Área Metropolitana de Guadalajara", explicó.
Como se había anticipado el horario de restricción, para el resto de los vehículos, será de seis a nueve de la mañana.
El transporte de carga que sí tendrá restricciones y cuyo ingreso y salida al polígono de restricción horaria estará prohibida son los vehículos tipo "camión remolque", "tractocamiones configuraciones sencillas", "tractocamiones configuraciones con semirremolque y remolque o doble semirremolque". El horario de veda aplicará de lunes a domingo.
Se detalló que también estarán libres de restricciones de horario o lugares para circular los vehículos para la prestación de servicios públicos, de emergencia, militares, los que transporten substancias, combustibles o materiales peligrosos conforme a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 002-SCT/2011. También el transporte de correspondencia y paquetería conforme a lo descrito en el Reglamento de Paquetería y Mensajería publicado en el Diario Oficial de la Federación, el transporte de residuos peligrosos biológico-infecciosos conforme a la NOM-087-ECOL-SSA1-2002 desde hospitales, instituciones médicas o que transporten equipos médicos. Además de los casos de transporte de agua potable para uso doméstico, conforme a la NOM-230-SSA1-2002.
Los nueve ayuntamientos de la AMG deben aprobar los lineamientos presentados por el Imeplan ante la Junta de Coordinación Metropolitana y será el Congreso del Estado quien defina el costo de los permisos para circular.
LS