Jalisco

Apuestan a la integridad empresarial en reforma anticorrupción 2.0

Se busca mitigar y reducir los riesgos de corrupción y garantizar una cultura de integridad al interior de las empresas y organizaciones

La reforma anticorrupción 2.0 introduce a la legislación estatal el concepto de “Política de Integridad Empresarial”, que se define como el conjunto de elementos de autorregulación y controles internos contemplados en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para mitigar y reducir los riesgos de corrupción y garantizar una cultura de integridad al interior de las empresas y organizaciones.

“La política de Integridad Empresarial tiene por objetivo acreditar a aquellas empresas y organizaciones que cumplan con las disposiciones y los requisitos que señale la Contraloría del Estado”, se expone en la reforma.

Destaca que crean el Registro de Empresas Pro Integridad del Estado de Jalisco que estará a cargo de la Contraloría del Estado. Especifican que el resultado que las empresas obtengan en la acreditación será considerado como un valor agregado en el Registro Único de Proveedores y Contratistas.  Dan la categoría de “Empresa Pro Integridad” a aquellas que adopten políticas de integridad empresarial y estén debidamente registradas.

“Buscamos alicientes más allá que castigos, no estamos poniendo castigos. En el ámbito empresarial lo que se pretende con esta certificación es que por ejemplo en caso de empate en los Comités de Adquisiciones gane la empresa que tenga esta certificación de integridad”, explicó la diputada Mirza Flores Gómez, presidenta de la Comisión de Vigilancia.

Entre los ajustes se modificó la integración de los Comités de Adquisiciones, suprimieron la participación del Consejo Coordinador de Jóvenes Empresarios del Estado de Jalisco.

Como parte de los cambios legales para combatir y prevenir la corrupción se modificó la Ley estatal de Obra Pública para establecer la obligación de que los entes públicos tendrán que reportar y denunciar a las autoridades correspondientes cualquier anomalía en la contratación y realización de las obras.

Se reitera que la Contraloría estatal y los órganos internos de control de la administración pública centralizada y paraestatal, tendrán la encomienda de prevenir, corregir e investigar las faltas administrativas en que incurran los servidores públicos del Poder Ejecutivo; podrán resolver las faltas administrativas no graves y remitir las graves al Tribunal de Justicia Administrativa para su resolución.

SABER MÁS

La reforma anticorrupción 2.0 incluye modificaciones a la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado; a la Ley de Fiscalización Superior; la Ley de Compras gubernamentales; Ley de Obra Pública; Ley de Coordinación Metropolitana; Ley Orgánica del Poder Legislativo; Ley de Transparencia y Acceso a la Información; Ley Orgánica de la Fiscalía; Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos; Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal; Ley de Igualdad entre Hombres y Mujeres; Código de Desarrollo Urbano; Ley de Justicia Administrativa; Código Penal del Estado; Ley para los Servidores Públicos y a la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, además de ajustes en los artículos 6; 60; 106 y 116 de la Constitución Política de Jalisco.

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JM

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