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Sanciones penales fiscales

El SAT, Servicio de Administración Tributaria, tiene entre sus funciones la vigilancia y fiscalización de los contribuyentes a fin de disminuir la evasión fiscal. Entre ella destaca la determinación de encontrar forzosamente irregularidades fiscales en las empresas que audita.

A través de la experiencia ha perfeccionado sus procedimientos de auditoría para hacerlos más expeditos y eficientes, rotando a sus auditores si no encuentran irregularidades importantes y consignando a la Procuraduría Fiscal los casos en donde existen delitos penales. Se evita la filtración y venta de información de cuando un asunto pasa de ser exclusivamente administrativo a penal, para que el sujeto no huya y pueda ser aprehendido.

La contabilidad electrónica le proporciona los elementos necesarios para detectar operaciones que pudieran traducirse en daño al fisco; la compleja facturación 3.3 contiene todos los datos necesarios para que el sistema de informática del SAT haga estudios comparativos con empresas del mismo giro y facilita la detección de partidas excepcionales que son objeto de investigación.

El SAT mediante una amplia gama de facultades, teje una red de información con la que todo ve y todo sabe de los contribuyentes: cuentas bancarias, ingresos, compras, gastos, operaciones con socios y partes relacionadas, viajes en el país y el extranjero. Nada escapa a sus medios de investigación en su búsqueda de posibles evasores. Vigila, monitorea, cruza información con terceros, audita e inspecciona.

Las cuentas bancarias y las transacciones financieras no son secretas, los bancos deben proporcionar información no solo de cuentas de cheques, sino de inversiones, movimientos de capital en el país y en el extranjero por virtud de tratados internacionales para evitar la doble tributación y el lavado de dinero. Mediante las tarjetas de crédito conoce los gastos efectuados dentro y fuera del país. Las casas de cambio están obligadas a informar sobre los clientes que compran arriba de 10 mil dólares. Cuenta con la información de los principales clientes y proveedores, así como de las personas a quienes se efectuaron retenciones de impuestos.

El Código Fiscal de la Federación comprende una amplia gama de supuestos en los cuales una persona comete el delito de defraudación fiscal y prevé diversas conductas que pueden tipificarse bajo la misma  pena del delito de defraudación fiscal; como el hecho de realizar dos o más actos relacionados entre sí, con el único propósito de obtener un beneficio fiscal indebido en perjuicio del fisco federal. Así como el hecho de omitir la presentación de declaraciones de un ejercicio por más de doce meses. Las sanciones son  de 3 meses a 2 años, de 2 a 5 años y de tres a nueve años de prisión según el monto de lo defraudado que se actualiza cada año.

Bastará que haya perjuicio al fisco federal para aplicar una sanción a cualquier conducta que se realice afectando al fisco federal tipificándola como delito. Para que un gasto sea deducible se requiere que tenga como consecuencia un beneficio para la empresa, es lo que se conoce como materialidad del gasto.

Nuestra obligación es pagar todos los impuestos que nos corresponda conforme a las leyes y la obligación del gobierno es gastar nuestro dinero con transparencia, honradez y eficiencia. 

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