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Mariano Palacios alerta del riesgo por caos legal en México

Mariano Palacios Alcocer, sin duda uno de los políticos con más amplia trayectoria en prácticamente todas las esferas y ámbitos del poder público, a quien quizá sólo le haga falta ser Presidente de la República, investido además de la más sólida formación académica, considerado un auténtico maestro que dicta cátedra, estuvo recientemente en Jalisco para hablar fuerte y con toda lucidez, respecto al riesgo que acecha a  nuestro país en este momento histórico político que se vive por un régimen autoritario que pisotea la Constitución.

Palacios Alcocer conoce la teoría y la praxis, pues ha sido Alcalde, legislador local, diputado federal, senador, gobernador, secretario de estado en el Gobierno federal y embajador, pero sobre todo es un jurista respetado como notario, doctor en derecho y siempre activo en docencia y la investigación superior en México y el ámbito internacional; por ello, quienes tuvimos el honor de escuchar la Conferencia Magistral “Constitución y Democracia”, fuimos privilegiados de conocer la óptica de un docto especialista en Derecho Constitucional que con la mayor generosidad nos compartió su sabiduría y nos empapó de sus conocimientos.

En el marco de la inauguración de la “Cátedra Guillermo Cosío Vidaurri”, el queretano nos confió su preocupación por los “tiempos aciagos que se viven en nuestro país”. Y aquí comparto algunas de sus reflexiones:

Me parece indispensable que reflexionemos con criterios académicos, jurídicos, filosóficos y políticos sobre este tema de la justicia constitucional.

México experimenta una situación inédita de agravios y descalificaciones desde el Ejecutivo hacia la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su carácter de tribunal constitucional. Estas críticas han preocupado a instituciones nacionales y extranjeras como lo muestra el diagnóstico sobre la independencia del sistema de la justicia federal realizado por Cyrus Vance Center of International Justice, por el New York City Bar, el Lawyer Council, la Barra Mexicana de Abogados, la Federación Latinoamericana de Magistrados, que advierten sobre la vulneración a tres principios indispensables de la Judicatura.

Primero, hay violaciones al respeto de las instituciones de Gobierno, a la independencia de la Judicatura. Segundo, el ejercicio de la función judicial basado en la ley no debe estar sujeto a presiones externas. Y tercero, es indeseable politizar electoralmente la justicia constitucional.

El diseño institucional y normativo de la justicia constitucional tiene una larga data y no es, hoy, tarea concluida. Baste recordar la obra del célebre constitucionalista Allan Brewer Carias, que recorre el trayecto del principio de separación de poderes en la Francia liberal que consideró a los jueces como la boca del Parlamento, la boca que pronuncia las palabras de la ley, sosteniendo que los tribunales no pueden participar en el ejercicio legislativo y, menos aún, suspender sus decretos. Sostenían que deben consultar al legislador el contenido y el significado de las normas y, en su caso, tener derecho a proponer enmiendas. Llegó, como lo declaró el ilustre Robespierre, a proponerse que la palabra jurisprudencia fuera eliminada de la lengua francesa, pues el Estado que tiene una constitución, que tiene un marco legal, en él los tribunales, en su jurisprudencia, no pueden contener más que la ley y, si una autoridad distinta al Parlamento interpreta las leyes, elevaría su voluntad por encima del legislador. Se creó así el mito del Congreso soberano y de la infalibilidad de la ley que derivó en regímenes totalitarios.

El ideal Roussoniano de que el legislativo es depositario de la soberanía y, en consecuencia, no puede actuar mal, se derrumba. Los parlamentos y las leyes se convierten en instrumentos de regímenes despóticos y las mayorías han llegado a ser brutalmente opresivas, como lo declararía el célebre Cappelletti. De ahí que las libertades deban ser protegidas, tanto del Ejecutivo como del Parlamento, transitando del dogma de defender las libertades por la ley al imperativo de defender las libertades de las leyes opresivas e injustas, creando así órganos y tribunales que impongan al legislador el respeto a la Constitución, a sus normas, a sus valores y a sus principios. El control jurisdiccional de la Constitución pone desde entonces fin a la era del denominado absolutismo parlamentario.

Las mayorías parlamentarias integran gobierno con intervención de los partidos políticos y hoy los partidos políticos atraviesan por la peor crisis de su existencia en México y en el mundo como lo advierte Rivero. Su representación es escasa y su legitimidad democrática cuestionada. Es un error confundir la voluntad popular con las decisiones y voluntades de las cúpulas de los partidos políticos. Por lo tanto, es tarea del derecho procesal constitucional crear las instancias y organizar los procedimientos para hacer efectiva la justicia constitucional. La Constitución ha de ser ley verdadera, ha de ser ley positiva, ley obligatoria de naturaleza superior, que controle a los poderes y que auspicie los derechos humanos. En estricto sentido, ningún poder ni órgano del Estado es soberano. Todos han de estar sujetos a la Constitución, norma rígida, suprema, estable que asegura sanciones a su violación.

El juez constitucional se torna garante de los derechos humanos de naturaleza política, fortalece los valores del respeto, la pluralidad y la democracia y en eso radica su verdadera legitimidad democrática, no en elecciones a modo. De ahí la importancia de su independencia frente a los otros poderes y neutralizando las influencias políticas indeseables en democracia. No se preste el juez constitucional a distorsiones abusivas, que en palabras del ilustre jurista Jellinek, el juez constitucional debe representar la sólida conciencia nacional de su pueblo.

En manos de los jueces constitucionales radica la paz, radica el desarrollo, radica la tranquilidad de un Estado. Y para que este sea democrático, el poder debe ser contenido. Los jueces constitucionales, advierte Tocquevelli, deben ser ciudadanos íntegros, informados, genuina y genialmente humanos. Por eso, la Constitución americana, desde 1787 y 1789, nunca ha planteado la elección directa de jueces constitucionales.

La racionalidad del orden jurídico radica en el respeto a la Constitución en su carácter obligatorio y eficaz. Esto fue la apuesta del ilustre Hans Kelsen, cuando propuso hace 100 años la creación del primer Tribunal Constitucional. Hoy debemos apostar a una Corte que sea verdadero garante de la justicia constitucional, que coadyuve con otros poderes en el fortalecimiento del Estado de Derecho, que vaya creando una jurisprudencia que dé certeza y predictibilidad de los contenidos y alcances de la Norma Suprema. Hoy debemos apostar por una argumentación jurídica, esto es, por razones jurídicas, que en las sentencias orienten al aparato judicial con expresiones racionales, accesibles, con un lenguaje más directo y de conocimiento público.

Ya lo decían los padres de la medicina, Hipócrates, Galeno y Esculapio, “cuando hay un mal diagnóstico habrá un mal tratamiento y un mal tratamiento no tendrá pacientes sanos”. 

Sabias palabras de Mariano Palacios que obligan a reflexionar y deben impulsar a luchar por el México que conocemos.

opinión.salcosga@hotmail.com

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