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Limpia en Salud

La remoción de Consuelo Robles, ex titular del OPD de Salud Jalisco, junto con 13 directivos, confirma que no fue sólo el cambio climático lo que provocó la crisis del dengue en el Estado.

El desorden administrativo, los conflictos de interés en licitaciones y los señalamientos por nepotismo, tuvieron como corolario esta “reingeniería administrativa” que, por donde se le vea, llega después de costarnos tiempo, dinero y 49 muertes por dengue.

La salida de Robles estaba cantada, ¿pero por qué se fue también toda la plantilla de primer nivel? Nos cuentan que en la negociación para renunciar a Robles, ella puso una condición: me voy, pero conmigo se van todos.

La otra razón es que, además de los escándalos y fallas en el primer año de gestión, ante los retos en materia de salud que se avecinan con el Insabi, el equipo al mando de la secretaría había demostrado que no estaba a la altura.

Por cierto, todo indica que habrá más “reingenierías administrativas”. ¿Le llegará su momento también a la Coordinación Estratégica de Seguridad y a la Secretaría de Igualdad? En radiopasillo se dice que son los siguientes candidatos.
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El argumento de la defensa de Miguel Castro para convencer al juez que habían cambiado las condiciones para revocarle la prisión preventiva fue por “cuestiones de salud”, como otros imputados han argumentado con éxito (cof, cof: Cruces Mada). Sin embargo, en este caso, invocaron su salud mental, pues aseguran que se hallaba deprimido aquel 17 de diciembre, día en que se fue a un partido de béisbol con su familia.

También otro defensor recordó que es un derecho superior de la niñez la recreación en familia, que fue el factor que el juez tomó en cuenta al final para liberar a Castro. Claro, a condición de que se mantenga en su casa y si solo salía por trabajo, salud o condiciones especiales.

Pero el Ministerio Público le pidió explicar eso de las “condiciones especiales” (no vaya a ser que todos se agarren de ahí para violar el resguardo), a lo que el juez reiteró sin más detalles que se refería a “situaciones excepcionales” en donde deberá notificar al juzgado para que éste valore y no cometa desacato.
 

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