La libertad de expresión en las redes sociales
Cuando Twitter decidió suspender la cuenta de Donald Trump, aun siendo presidente de Estados Unidos, profundizó el debate con respecto al alcance del derecho a la libertad de expresión en ámbitos privados. Antes hubo episodios en los que empresas decidieron aplicar sanciones por expresiones públicas, como la sanción aplicada a Colin Kaepernick y a otros jugadores de la NFL por protestar posando su rodilla en el suelo mientras se entonaba el himno nacional.
El debate respecto del derecho que pudieran tener ciertas entidades privadas poderosas para limitar la libertad de expresión se profundizó con acción en las redes sociales. Hasta ahora, la teoría consideraba que los actores públicos estaban impedidos para limitar la libertad, pero ahora hay buenas razones para justificar que esto cambie, porque ciertas entidades privadas han alcanzado tal poder que pueden controlar, limitar y censurar la narrativa en sus redes sociales tanto más que las autoridades formales. La sociedad democrática construida sobre el respeto a la libertad se enfrenta al reto de extender el alcance del derecho a libre expresión y establecer las condiciones bajo las cuales debe ejercerse.
Para justificar el amplio alcance de la libertad de expresión se considera la existencia de un mercado de las ideas de las personas que las autoridades no deben limitar ni controlar, porque es mejor que las personas aprecien distintas expresiones, y tomen la suya propia, como afirmó John Milton: “Dejemos que la verdad y la mentira se enfrenten; ¿Quién supo que la verdad ha empeorado en un encuentro libre y abierto?” Se argumenta también que las personas necesitan y desean la capacidad de expresarse libremente como parte de su auto realización, lo que implica que los individuos se transforman positivamente en este proceso. Por tanto, la censura obstaculiza el crecimiento personal y la realización de la persona.
Cuando Facebook o Twitter deciden censurar un contenido o suspender la cuenta de una persona, le limita a ejercer el derecho de participar en ese mercado de las ideas y, peor, le limita su capacidad de realización individual.
Por otra parte, en el debate están los principios que establecen que los entes privados pueden hacer todo cuanto deseen mientras no esté prohibido por la ley y, por tanto, como actores privados están protegidos de la interferencia estatal.
La libertad de expresión tradicionalmente ejercida en el espacio público como las plazas, calles y foros, se expandió con la aparición del ciberespacio donde puede y debe ejercerse. Uno de los aspectos más apasionantes de la revolución que vivimos con la irrupción del mundo digital es precisamente la forma como se ejercen los derechos y quienes tienen las facultades para regularlos. Sobre todo, si consideramos que la infraestructura digital es esencialmente privada y que los entes que la gestionan tienen un poder global sin precedentes, aun por encima del alcance de los estados que las vieron nacer.
En Estados Unidos y en Europa el debate avanza al considerar que los contenidos que las personas hacen públicos en las redes sociales deben estar protegidos porque conforman un núcleo de intereses jurídicos protegidos por la libertad de expresión, la libertad de asociación y la libertad de prensa. Cualquier limitación, pública o privada, violenta los valores esenciales sobre los que se construye la democracia liberal y constituye un peligro jurídico y político.
Hay un amplio consenso con respecto al peligro que significó la actuación de Trump y la “justificación” para callarle en las redes sociales, pero el problema está en definir quién tendría el derecho de acallar a una persona y en qué condiciones y bajo qué reglas. Esto es aún más delicado si se considera el carácter trasnacional del ciberespacio y la capacidad de generar un mecanismo de control privado de contenidos, de intervenir en ese mercado de las ideas y de limitar el desarrollo individual.
Estamos en el debate entre lo público y lo privado. En la tensión entre la libertad de expresión y el peligro de la desinformación. Entre la regulación pública o la autorregulación privada. Es imperativo hacer cumplir los principios de los derechos fundamentales a los entes privados poderosos trasnacionales que controlan las redes sociales equiparándolos a entidades públicas para que les esté prohibido limitar las libertades.