La actividad minera y el agua en México
La minería es una actividad que hace una importante aportación a la actividad económica de México, ya que contribuye con cerca del 4% del producto interno bruto, además de originar cerca de dos millones de empleos directos e indirectos en el país. La otra cara de la moneda la representan los problemas que ha causado y puede causar al medio ambiente, en particular al agua.
En el caso del agua son dos los aspectos de la actividad minera que mayor atención merecen: el primero es que las minas se localizan en zonas con escasez de agua y compiten con otros usuarios por el recurso: municipales, comunitarios y/o agrícolas. En nuestro país esto se presenta en zonas áridas de los estados de Sonora, Chihuahua, Sinaloa, Zacatecas, y Oaxaca, entre otros. Por su naturaleza, los yacimientos minerales atractivos se encuentran en zonas apartadas y además afectan al medio natural destruyendo la vegetación y los ecosistemas en las áreas donde se asientan.
El segundo aspecto se refiere a la contaminación del agua tanto superficial como subterránea. Los minerales se encuentran en la naturaleza en concentraciones pequeñas requiriendo la actividad de procesos fisicoquímicos para concentrar los minerales de valor comercial lo que implica el uso de sustancias altamente tóxicas como el cianuro. Esto produce cantidades grandes de agua residual altamente contaminada.
Si hablamos del mineral de cobre, una concentración típica de este metal es del 0.5%. Lo que indica que para obtener 5 kilogramos (kg) de cobre se requiere procesar 995 kg de mineral y se originan 995 kg de residuos sólidos contaminados, además de los volúmenes de aguas residuales generadas en su beneficio. Se considera que para producir un kilogramo de cobre se requieren 40-60 litros de agua ácida y con metales pesados (principalmente cobre) que se contamina y tiene que ser tratada antes de ser descargada.
Estas cifras dan una idea de que esta actividad es potencialmente y realmente altamente contaminante, que debe estar sujeta a una normatividad y vigilancia muy exigentes. La normatividad tanto en materia de impacto ambiental como en descargas de aguas residuales y manejo y disposición de residuos sólidos existe, pero la vigilancia no es suficiente, adecuada y oportuna debido a limitaciones en la capacidad de las instituciones públicas de vigilancia. Para atenuar este vacío en esta área y en otras muchas, desde 1992 se vienen realizando auditorías ambientales dentro del programa de industria limpia de la PROFEPA a nivel federal, pero estas auditorías son de carácter voluntario.
En México el mayor problema de contaminación de que se tiene noticia fue el que se presentó en Cananea, Sonora en agosto de 2014 cuando se derramaron cuarenta mil metros cúbicos de solución de sulfato de cobre, causando un desastre ecológico a 254 kilómetros de los ríos Bacanuchi y Sonora afectando directamente a 22 mil 900 personas. La causa del problema fue el diseño deficiente, la falta de mantenimiento y que no se dio aviso oportuno a las autoridades, lo que evitó que el derrame pudiera ser contenido o al menos que afectara una zona menor. Adicionalmente se presentó el huracán Odile que contribuyó a que la mancha tóxica se extendiera y contaminara pozos de la zona y la presa El Molinito que abastece a la ciudad de Hermosillo. La restauración de los ecosistemas terrestres e hídricos es un proceso muy lento que requiere cuantiosísimos recursos.
En Jalisco y Colima en los años ochenta, se presentaron varios eventos de desbordamiento o ruptura de presas de jales de beneficios mineros, y se afectaron los ríos Tuito y Marabasco. La causa fueron lluvias fuertes, que no fueron previstas por los diseños deficientes de las instalaciones.
Si bien la actividad minera presenta una dinámica económica importante a nivel mundial y en México, representa un riesgo ambiental significativo. Es necesaria una reglamentación más estricta y, sobre todo, una vigilancia sistemática, técnicamente adecuada, por personal altamente capacitado y con las herramientas legales y jurídicas para imponer medidas y/o sanciones preventivas oportunas. Adicionalmente, debe exigirse a las explotaciones mineras que dispongan de seguros de daños ambientales para enfrentar económicamente su responsabilidad para resarcir los daños ocasionados, vigente por el período de operación y hasta el cierre de las instalaciones.
*El Doctor Gualberto Limón es Consultor Ambiental.