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- ¿Mentira histórica?

A ver: a casi cinco años de los hechos - se cumplen el próximo 26 de septiembre-, ¿estamos más cerca de la verdad con respecto al Caso Ayotzinapa, o, por el contrario, nos hemos alejado…?

Una vez que se han presentado nuevos indicios de que a los presuntos autores de la desaparición, muerte e incineración de los restos de los 43 normalistas se les torturó durante los interrogatorios, y en la hipótesis de que se probara que los policías “investigadores” utilizaron ese método de manera sistemática, ¿habrá que llegar a la conclusión de que la “verdad histórica”- por utilizar la expresión, que en un santiamén se volvió clásica, del entonces procurador Jesús Murillo Karam- sería, en todo caso, una absoluta y escandalosa mentira a la que se pretendió dar el cariz de verdad oficial de los hechos…?

-II-

Fuera máscaras: es del dominio público que, en México, la tortura - física y sicológica- es el procedimiento habitual de que se valen las corporaciones policiacas para llegar a la verdad con respecto a los delitos que persiguen… y que son - valga el subrayado- una mínima parte apenas de los que se cometen.

La notoriedad que adquirió el Caso Ayotzinapa, por la cifra de víctimas y por los indicios de que detrás de aquel episodio había una cadena de complicidades - sistemáticas también- entre bandas de narcotraficantes, por un lado, y policías y políticos por el otro (usted dirá, lector amable, quiénes, en este caso, serían los malos… y quiénes serían los peores), dio pie a la intervención de Organizaciones No Gubernamentales, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes.

En marzo del año pasado, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos emitió un Informe sobre violaciones de derechos humanos en la investigación del Caso Ayotzinapa, en que reporta haber realizado “un análisis pormenorizado de 63 casos” relacionados con los interrogatorios “en 51 de los cuales tuvo indicios de tortura”, y en 34 más, “fuerte elementos de convicción sobre la comisión de tortura, detenciones arbitrarias y otras violaciones a derechos humanos”.

-III-

Conclusión: no es, necesariamente, que se pretenda dar validez jurídica a falsedades sustentadas en métodos de “investigación” que la misma legislación mexicana, ¡en teoría!, reprueba y descalifica. Es que si sólo fuera a procesarse y sentenciarse a presuntos delincuentes sentados en el banquillo de los acusados mediante irreprochables y asépticos métodos científicos…, quizá aún estuviéramos esperando al primero.

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