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- Leyes “quita-pón”

El ingenio, la astucia o la inventiva del ser humano han encontrado métodos para burlar las leyes físicas... pero no para derogarlas. Nacidas de la costumbre, vinculadas a patrones culturales, entendidas como normas a las que se somete un grupo social, las leyes son, por su propia naturaleza, al decir de los juristas, “perfectibles”; por ende, mutables. La pretensión de “blindarlas” para que permanezcan inalterables hasta el fin de los tiempos, en función de tal o cual ideología, es ilusoria.

-II-

Botón de muestra, la resolución del Congreso de Jalisco que pasó sobre la concepción tradicional del matrimonio (“unión de un hombre y una mujer”, etc.), y al definirlo como la alianza “de dos personas”, sin distinción de sexo, lo hace igualitario.

La reforma, para efectos prácticos, era innecesaria. En 2015, al demandar la anulación del Artículo 260 del Código Civil de Jalisco, la Suprema Corte de Justicia de la Nación abrió de par en par la posibilidad de formalizar la unión de dos personas de cualquier sexo. La resolución pasó sobre añejas tradiciones y concepciones religiosas que reprobaban las relaciones homosexuales, calificándolas como “antinaturales” y pecaminosas. Pasó asimismo sobre los preceptos de la Iglesia Católica a la que abiertamente se adscribían algunos gobernantes y los legisladores necesarios para imponer, por mayoría de votos, ese criterio.

-III-

La Iglesia, en los últimos años, a partir de una célebre declaración, en 2013, del Papa Francisco (“¿Quién soy yo para juzgar a los homosexuales...?”), ha moderado su postura sobre el tema. El propio pontífice se ha pronunciado a favor de “la protección civil” para las parejas homosexuales; la Congregación para la Doctrina de la Fe establece que “la comunidad cristiana y sus pastores deben acoger con respeto y sensibilidad a las personas con inclinaciones homosexuales”... pero pinta claramente su raya con respecto al matrimonio: lo considera “un sagrado sacramento”; sostiene que “corresponde a la unión de un hombre y una mujer como parte del plan de Dios para la creación de la vida”, y establece que, pese a las demandas de fieles y aun prelados de todo el mundo, “no es lícito impartir una bendición (es decir, darles el rango sacramental) a relaciones o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera de (...) la unión indisoluble de un hombre y una mujer (lo que descarta el divorcio), abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida, como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo”.

jagelias@gmail.com

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