SAT: ¿Qué pasa si no presentas tu declaración anual este 30 de abril?
El plazo para informar a la autoridad vence hoy, y las consecuencias de no hacerlo no son baratas
El plazo para presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria vence hoy. Se trata del informe de los contribuyentes hacia la autoridad sobre sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos durante el 1 de enero y el 31 de diciembre del año pasado.
Todas las personas morales (empresas legalmente constituidas) tienen la obligación de notificarla, independientemente de si tuvieron ingresos o no; en el caso de las personas físicas, sólo están obligadas las que trabajen de manera independiente o cobren por honorarios, quienes perciban ingresos anuales mayores a 400 mil pesos, quienes tengan dos o más patrones —aunque perciban menos de 400 mil pesos—, quienes hayan tenido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación; los que perciban dinero por arrendamiento de inmuebles y los que hayan ganado algún premio pecuniario.
La información sirve al SAT para determinar el saldo del contribuyente, que puede coincidir con el informe presentado, a cargo o a favor. Incumplir con su presentación tiene consecuencias.
Consecuencias de no presentar la declaración anual
Presentar la declaración anual fuera del plazo establecido para ello amerita una multa que va de mil 810 a 44 mil 790 pesos. Por otro lado, la sanción por no presentarla va de mil 810 a 22 mil 400 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas.
Otra repercusión de no cumplir en tiempo y forma es que se debe pagar una actualización del saldo y, en caso de tener una deuda, un recargo por la misma.
En caso de hacer la declaración, pero no pagar el saldo a cargo resultante, el contribuyente puede ser reportado al Buró de Crédito, provocando afectaciones al historial del deudor.
Ventajas de cumplir con la declaració anual
Además de evitar los problemas mencionados, cumplir con las obligaciones fiscales también tiene ventajas. Por ejemplo, los contribuyentes con saldo a favor pueden recibir la devolución de impuestos de manera automática; y de haber alguna inconsistencia, se cuenta con tres meses más —hasta el 31 de julio— para presentar una declaración complementaria.
Por otro lado, si el saldo es a cargo, es posible acceder a planes de pago de hasta seis parcialidades.