Economía

¿Existe un límite de transferencias bancarias para realizar en un día?

Muchos y muchas mexicanas que no tienen una regulación en sus actividades financiera le temen al SAT, por ejemplo, a la hora de hacer una transferencia bancaria

La autoridad fiscal en México es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que muchos y muchas mexicanas que no tienen una regulación en sus actividades financiera le temen, por ejemplo, a la hora de hacer una transferencia bancaria. Mantenerse fuera del ordenamiento legal siempre generará incertidumbre, así que aquí te compartimos detalles sobre la cantidad y número de veces que puedes hacer una transferencia.

¿Cuántas transferencias al día puedes hacer?

El SAT revisa cada movimiento fiscal que se realiza a través de una entidad bancaria o financiera, especialmente aquellos que se hacen en efectivo, pero si la transferencia es de forma electrónica no existe como tal un límite establecido.

Tampoco hay una cantidad determinada por enviar, es decir, puedes enviar varias veces con distintas cantidades en un rango normal; pero cantidades fuertes sí llamará la atención del algoritmo del SAT, que centrará su atención en él y en su procedencia; por lo que es mejor pedir asesoría contable con un experto para que evites problemas.

No debes olvidar que algunos bancos sí restringen la cantidad de dinero para enviar y la hora, por lo que necesitas revisar las condiciones particulares del servicio.

El SAT revisa todo

Es importante recordar que no existe la categorización de cuentas bancarias que sean fiscalizables y no fiscalizables para el SAT. En otras palabras, para la autoridad tributaria todas las cuentas bancarias y los depósitos que se hagan ellas son objeto de escrutinio tributario y la ley lo ampara.

Por lo que sí, cada peso que te depositan y transfieren a tu cuenta bancaria, por mínimo que sea, puede objeto de revisión por el SAT, ya que para el organismo, no existe en secretario bancario.

Cada depósito que recibes y que no tenga un registro contable o, en su defecto, no se haya registrado el respectivo pago de impuesto sobre ese recurso, podría ser considerado por el SAT como un ingreso no declarado y, por lo tanto, objeto de revisión

En otras palabras, toda persona física debe considerar los conceptos sobre los que se depositan en sus cuentas bancarias, así como ser responsable de su situación fiscal ante la autoridad tributaria del país, el SAT.

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