¿Cómo cobrar el dinero de mi incapacidad del IMSS?
Detallamos paso a paso lo que tienes que hacer para no dejar de recibir tu sueldo o parte de él por alguna de estas condiciones en el IMSS
Si te accidentaste, enfermaste o estás embarazada, y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) te extendió una incapacidad, pero no sabes ni cómo, ni dónde cobrar este derecho como afiliado, te informamos cómo hacerlo.
La incapacidad es un certificado que los médicos del IMSS otorgan después de que tuviste un riesgo de trabajo accidente, padecimiento, derivado de tus actividades laborales, por percances que afectaron tu salud o si requieres ausentarte para el nacimiento de tu bebé.
Detallamos paso a paso lo que tienes que hacer para no dejar de recibir tu sueldo o parte de él por alguna de las condiciones anteriores:
Tipos de incapacidades derivadas de un riesgo laboral, según la ley de trabajo
Ante la Ley Federal del Trabajo (LFT) hay tres tipos de incapacidades derivados de un riesgo laboral:
- Temporal: "Es la perdida de facultades o aptitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo", esto de acuerdo con el artículo 478.
- Permanente parcial: Hace referencia a cuando las personas trabajadoras tienen una disminución de sus facultades o aptitudes para ejercer la labor que tenían.
- Permanente total: Es la situación donde el empleado pierde de por vida sus facultades o aptitudes para el trabajo.
En caso de muerte, también la ley contempla el fallecimiento de las personas por riesgo de trabajo.
¿Cómo clasifica el IMSS las incapacidades y cuáles son las características?
En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, la incapacidad, su pago y cómo cobrar este subsidio dependerá de la situación. Se divide en tres grupos.
- Riesgo de trabajo. En esta categoría no se requieren semanas cotizadas previas, el porcentaje de pago es de 100%, esto de acuerdo con el salario registrado ante el IMSS al inicio de la incapacidad.
- Enfermedad en general. Según el sitio web del IMSS se necesitan al menos cuatro semanas cotizadas previas al padecimiento. En caso de ser trabajador eventual, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad. El pago es de 60% del salario registrado en el IMSS a partir de que se determina la incapacidad. El límite para ello se delimita del cuarto día hasta el final de las 52 semanas. "Se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más", puntualiza la institución.
- Maternidad. En este último aspecto, las mujeres requieren haber cotizado 20 semanas en los 12 meses previos a la semana 34 de gestación. El artículo 103 señala: "Cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad". El pago será del 100% conforme al salario registrado ante el servicio de salud al inicio de la semana 34, ello por el total de días que cubra el documento. Los enlaces (que el parto ocurra posterior a la fecha marcada) se subsidiarán al 60% y por las fechas que se muestren en la incapacidad. Acerca del límite de pago, el IMSS explica que es hasta por 84 días. En el caso de enlaces será por un máximo de 21 días.
Cobrar la incapacidad ante el IMSS
Este es el proceso para cobrar la incapacidad ante el IMSS:
- Presenta en tu clínica la copia del certificado que acredita que recibirás el subsidio.
- Porta una identificación oficial vigente con fotografía.
- Lleva a la mano un estado de cuenta tu banco, con el fin de obtener el número al que te depositarán.
- Después de ello, acude después del tercer día hábil a tu banco. Las sucursales autorizadas por entidad.
También puedes optar por recibir el pago en tu tarjeta de débito, siempre y cuando tu empresa tenga convenio con el IMSS.
"Entrega el original de la copia-patrón de tu incapacidad en el área de recursos humanos de tu trabajo", especifica la institución.
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