El SAT hará OBLIGATORIO el Buzón Tributario para contribuyentes a partir de esta fecha
Esta herramienta permite a los contribuyentes realizar diversos trámites desde la comodidad de su hogar o lugar de trabajo
El 1 de enero de 2025 marcará una fecha clave para los contribuyentes en México, ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha determinado que será obligatorio para la mayoría de ellos activar su Buzón Tributario. Esta medida busca optimizar la comunicación entre la autoridad fiscal y los ciudadanos, ofreciendo un canal más rápido, directo y seguro para realizar trámites fiscales.
El Buzón Tributario es una plataforma electrónica creada para facilitar la interacción de los contribuyentes con el SAT de manera más eficiente. A través de este sistema, los ciudadanos podrán recibir notificaciones, solicitudes de información y otros mensajes importantes relacionados con su situación fiscal.
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Según lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación, aquellos que no habiliten su buzón podrían enfrentarse a multas de hasta 11 mil pesos, lo que refuerza la importancia de cumplir con esta obligación.
¿Cómo activar el Buzón Tributario?
Para activar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben seguir una serie de pasos sencillos, como los siguientes:
- En primer lugar, deben ingresar al portal oficial del SAT y seleccionar la opción "Ejecutar en Línea".
- Después, deben acceder a su cuenta utilizando su contraseña o e.firma. Desde el menú de "Accesos Rápidos", deben hacer clic en el ícono de "Configuración" y proporcionar uno o más correos electrónicos, así como un número de teléfono celular.
Es importante verificar los datos ingresados y confirmar el registro cuando el sistema lo solicite. Una vez finalizado el proceso, se debe imprimir el acuse de registro. Además, es fundamental confirmar los datos de contacto en un plazo de 72 horas, de lo contrario, el registro será cancelado.
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¿Quiénes están obligados a activar el Buzón Tributario?
La medida aplica a diversas categorías de contribuyentes, tanto personas físicas como morales.
Entre las personas físicas que deben cumplir con esta normativa se incluyen aquellas que hayan obtenido ingresos por sueldos, salarios o asimilados a salarios menores a 400 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.
Además, contribuyentes sin actividad económica o con situación fiscal suspendida en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) también deben activar el buzón. Sin embargo, existen excepciones, como en el caso de personas morales con suspensión en su situación fiscal, quienes no estarán obligados a activar el Buzón Tributario para ciertos trámites.
La activación de esta herramienta no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también permite a los contribuyentes realizar diversos trámites desde la comodidad de su hogar o lugar de trabajo, sin necesidad de desplazarse a las oficinas del SAT.
Con información de SUN
YC