Economía

Comisión Reguladora modificará semanalmente precios máximos de gas LP

Serán obligatorios para todos los permisionarios

Cada sábado la Comisión Reguladora de Energía (CRE) modificará los precios al público del gas licuado de petróleo (gas LP), con la finalidad de que los distribuidores hagan sus ajustes los domingos. La CRE incluyó en la metodología para fijar los precios máximos del gas LP, que publicó ayer por la noche, una disposición por la cual se establece que semanalmente se modificarán los precios. Hasta diciembre de 2016 la publicación de precios fue mensual, cuando el mercado de ese combustible se sujetaba a un esquema de precios máximos, porque la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) realizó una investigación por la que declaró falta de competencia en la distribución.

La decisión de cambiar los precios cada semana se detalla en el Acuerdo número A/024/2021 de la CRE, que establece la regulación de precios máximos de gas licuado de petróleo objeto de venta al usuario final, publicado el jueves 29 de julio pasado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación. "Que la Comisión publicará los precios máximos al usuario final por medios electrónicos, cada día sábado, y el inicio de la vigencia será el día domingo hasta el día sábado siguiente, para cada una de las regiones y para cada uno de los municipios que componen las regiones, según el Considerando Vigésimo Primero anterior. Dichos precios máximos deberán ser observados por todos los permisionarios a los que hace referencia el Considerando Décimo del presente Acuerdo", expuso la CRE en el documento.

La CRE también expuso que podrán cambiar la actual metodología para fijar los precios máximos al usuario final, "con la finalidad de incorporar los cambios o corregir las inconsistencias presentadas en la comercialización, distribución y expendio de gas LP", sin embargo, no explican qué tipo de inconsistencias. Esta metodología por la que se impondrán precios máximos al gas LP se emitió para cumplir con la Directriz de emergencia para el bienestar del consumidor de gas licuado de petróleo, que publicó la Secretaría de Energía el pasado 28 de julio de 2021.

Decisión que dijo la Cofece es contraria a la Ley de Hidrocarburos, porque para imponer precios máximos al combustible debe haber un dictamen de que no existen condiciones de competencia y apenas están en la fase de investigación sobre posibles prácticas monopólicas y anticompetitivas.

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